A partir del comienzo de este año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso un nuevo valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), que implica un aumento del 4,38%, por encima de la inflación esperada, y traducido a $6.864 por unidad.
El Poder Ejecutivo incrementó el valor del BPC y hay un nuevo mínimo no imponible para el IRPF
El nuevo valor se toma en función de la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) y afecta varios aspectos de la economía.
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El MEF actualizó el valor del BPC con un aumento del 4,38%.
De esta manera, el comunicado del Poder Ejecutivo asegura que a partir de este año se tomó el criterio de ajuste de la BPC en función de la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC), tal como había ocurrido hasta el año 2020.
Sin embargo, teniendo en cuenta la baja pronunciada de la inflación hacia el cierre de 2025 —que registró una variación anual de 3,65%— y que la inflación esperada para 2026 se sitúa en torno a 4,5%, desde el MEF resolvieron hacer uso de la facultad prevista en el artículo tercero de la Ley N.º 17.856 que permite ajustar hasta un 20% por encima de la variación del IPC.
"En el mundo es más frecuente que los umbrales y las franjas de los impuestos directos se ajusten en función de la variación de los precios al consumo", asegura el comunicado que especifica que a partir del 1 de enero el valor será de $6.864.
¿Para qué sirve el BPC?
De esta manera, la actualización del BPC, que sigue la evolución de la inflación, permite preservar el poder adquisitivo real de las prestaciones, como así también mantener el valor de mínimos y franjas del Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) alineados con la evolución del costo de vida.
La BPC fue creada por la Ley N.º 17.856 de 2004 y se utiliza como parámetro de referencia para el cálculo de prestaciones y obligaciones entre las que se encuentran la fijación de jubilaciones y pensiones mínimas, montos y aportes destinados a financiar becas estudiantiles, las franjas del IRPF y del IASS.
¿Cuáles son las nuevas franjas del IRPF y el IASS?
Con el nuevo valor, el mínimo no imponible del IASS pasa de $59.184 a $61.776, lo que equivale a 9 BPC en el mes. Es preciso tener en cuenta que los ingresos por pasividades que son inferiores a ese importe no están alcanzados por el IASS, mientras que los que sí, tienen un retroactivo a 1° de enero:
- Hasta 9, un ingreso de hasta $61.776 tendrá una tasa del 0%.
- Entre 9 y 15, un ingreso entre $61.777 y $102.960, tendrá una tasa del 6%.
- Entre 15 y 50, un ingreso entre $102.961 y $343.200, tendrá una tasa del 24%
- Más de 50, un ingreso mayor a $343.201, tendrá una tasa de 30%
Respecto al IRPF, la franja mínima de aportes pasará de $46.032 a $48.048, por lo que haberes menores a este ingreso no tendrán que pagar el impuesto:
- Hasta 7, un ingreso de hasta $48.048, una tasa del 0%.
- Entre 7 y 10, un ingreso entre $48.049 y $68.640, una tasa del 10%
- Entre 10 y 15, un ingreso entre $68.641 y $102.960, una tasa del 15%.
- Entre 15 y 30, un ingreso entre $102.961 y $205.920, una tasa del 24%.
- Entre 30 y 50, un ingreso entre $209.921 y $343.200, una tasa del 25%.
- Entre 50 y 75, un ingreso entre $343.201 y $514.800, una tasa del 27%.
- Entre 75 y 115, un ingreso entre $514.801 y $789.360, una tasa del 31%.
- Más de 115, un ingreso mayor de $789.361, una tasa del 36%.


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