El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Dicho protocolo, publicado hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 939, busca establecer las bases para el libre comercio del sector automotriz con Brasil a partir del 1 de enero del 2006, "así como crear condiciones favorables para el desarrollo de una industria regional integrada y competitiva con la capacidad de exportar a terceros mercados".
La norma dispone las penas que se ejecutarán sobre importadores y fabricantes de automóviles, utilitarios livianos, conjuntos y subconjuntos que violen el acuerdo sobre la política automotriz común con Brasil, firmado el 11 de noviembre del 2002 por ambos países.
Ayer el ministro de Economía, Roberto Lavagna, había adelantado al gobierno de Brasil la decisión de incluir en la legislación local el acuerdo alcanzado en el 2002, en el marco de un nuevo espacio de diálogo entre los países para zanjar las asimetrías que tienen en el mercado automotriz así como en el de electrodomésticos.
El decreto también configura un mensaje de conciliación antes de la llegada del canciller brasileño, Celso Amorín, a Buenos Aires el próximo 8 de agosto, para tratar los distintos conflictos comerciales que mantienen ambos países.
Entre los puntos salientes del decreto 939 se destaca que las empresas que violen el acuerdo de política automotriz común, deberán pagar "una multa equivalente a los puntos porcentuales de incumplimiento multiplicado por el valor de la producción total anual de la compañía".
Además prevé que no podrán nacionalizarse productos automotores usados en el territorio argentino y si se detectan importanciones con arancel preferencial destinadas a la producción pero volcadas al mercado de reposición sin autorización, se aplicarán las penas previstas en el Código Aduanero, entre otros puntos.
Dejá tu comentario