La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó que las sumas abonadas en 2022 en concepto de pago de servicios educativos públicos y/o privados incorporados a la enseñanza oficial, incluyendo las clases particulares, pueden ser deducidas del Impuesto a las Ganancias.
AFIP: ¿Cuáles son los gastos educativos?
- Servicios prestados por establecimientos educacionales públicos y/o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial.
- Clases particulares sobre materias incluidas en los planes oficiales.
Descuentos por gastos educativos: cómo hacer el trámite de AFIP
- La Resolución General (AFIP) 5314 establece que los empleados en relación de dependencia deben informar los gastos a través del Formulario F.572Web generado mediante el servicio "SIRADIG - Trabajador" al que se accede con clave fiscal.
- Luego, el sistema solicitará que se brinden los datos de la factura o documento equivalente que respalde los gastos.
Al momento de preparar esta nota, si bien la Resolución General está vigente, el servicio aún no contempla la posibilidad de cargar los gastos tal como se puede observar aquí:
Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta: al seleccionar la opción Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta, podrás ingresar lo siguiente:
- Beneficios.
- Ajustes.
-
Generación y envío del formulario 572 Web: al finalizar la carga de todos los ítems, deberás seleccionar el botón Vista Previa que se encuentra al final de la pantalla. De este modo podrás consultar el borrador con todos los datos cargados hasta ese momento.
Envío del formulario: al seleccionar Vista Previa visualizarás un resumen de los datos que has ingresado. En la parte inferior del presente formulario, podrás encontrar las opciones para imprimir el borrador o enviar la presentación.
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