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Unifican criterios en las aduanas
La DJAI suma varios puntos a favor para las facultades que compete a la AFIP. Este organismo obtendrá la información anticipada de la mercadería que estaría por ser embarcada con destino a nuestro país. La informática y la tecnología son los principales aliados para que la Aduana aplique este tipo de control a la importación de mercaderías. Brinda la posibilidad de verificar el valor que se declaró en la importación, comprobar el verdadero valor, proceder a las fiscalizaciones y seguimiento del valor en tiempos reales, intercambiar información con los estados parte, para verificar si un valor es o no real. Para realizar este tipo de cruzamiento de datos utilizan el sistema (INDIRA) Intercambio de Información de los Registros Aduaneros.
En el control durante la importación entra en juego el contacto físico de la documentación que quedara en manos de un funcionario de aduana.
Para el control a posteriori de la importación, la Aduana examinará libros, registros, sistemas comerciales, datos comerciales del importador, ventas en el mercado interno, documentación impositiva y las empresas que participan directa y/o indirectamente con el importador. Esta etapa, es la primordial para el estudio del valor que declaró el importador.
Como documentación adicional, la AFIP está facultada para solicitar los catálogos, listas de precios, documentación de salidas de origen, instrumentación bancaria y financiera, contratos de distribución, precios ofrecidos para la exportación obtenidos vía internet, muestras de los productos y también brinda la posibilidad de presentar todo elemento que justifique el valor declarado.
¿Por qué la Aduana aplica este tipo de control? Al bajar el valor de la mercadería o declarar un valor ficticio se baja el valor de las bases de los cálculos para los tributos aduaneros. Es decir, que el importador de esta manera obtiene el beneficio para la disminución del pago de la tributación.
¿De qué forma se procede si la mercadería ingresa por debajo de los valores criterios que establece la Aduana? La Aduana observará el valor declarado por el importador, y podrá o no exigir garantía para su liberación. Para el primer caso la Aduana procede a observar los valores y exigirá una garantía que cubra la diferencia tributaria y que sea de forma satisfactoria para el fisco. Sólo se podrá utilizar garantía en efectivo y póliza de caución. Para el otro caso se observa el valor, y la documentación será analizada posteriormente por otra división de fiscalización.
(*) Especialista en comercio exterior.


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