El Gobierno estableció que las exportaciones incrementales de ciertas mercaderías del sector automotor realizadas durante el año 2024 no pagarán derechos de exportación. Es decir que se les aplicará arancel cero, tal como sucede con los productos que entran en el listado de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Así se dispuso por medio del Decreto 641/2024 de la Nomenclatura Común del Mercosur,
Gobierno extiende beneficio fiscal que tienen los productos del Mercosur a la industria automotriz
Con el fin de fomentar la exportación de autos argentinos; mejorar la competitividad de la industria automotriz nacional y mantener el impacto positivo, se resolvió extender la exención de derechos ha tenido en el sector.
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Mantener el impacto positivo que la política de exención de derechos ha tenido en el sector.
Cabe recordar que los productos del sector automotor están excluidos del Régimen de Origen del Mercosur dado que el comercio de dicho sector se rige por los acuerdos bilaterales vigentes. Y el decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial les aplica las mismas condiciones con el fin de fomentar la exportación de autos argentinos; mejorar la competitividad de la industria automotriz nacional y mantener el impacto positivo que la política de exención de derechos ha tenido en el sector.
Puntos claves de la norma para el sector automotriz
Cabe recordar que, para determinar si una exportación es incremental, se compara el valor FOB de las exportaciones de 2024 con las de 2020. Y cabe destacar que:
- El beneficio solo aplica a las empresas inscriptas en un registro específico.
- La Subsecretaría de Política Industrial del Ministerio de Economía queda a cargo de dictar las normas complementarias necesarias.
- La exención se aplica a las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.)-
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