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11 de octubre 2026 - 09:30

Cambios en la AUH de ANSES: cómo es la acreditación automática de la escolaridad y el cobro del 20%

Desde noviembre, el organismo previsional habilitará el pago del monto acumulado sin hacer el trámite en papel.

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La Resolución 290/2026 establece que el nuevo procedimiento se aplicará a los montos retenidos de la AUH que se pongan al pago desde el 1° de noviembre.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) va a modificar el procedimiento para acreditar los controles de salud, vacunación y escolaridad de los beneficiarios que reciben la Asignación Universal por Hijo (AUH).

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Desde el 1° de noviembre el organismo podrá verificar automáticamente la información mediante un intercambio de datos con las áreas de Salud y Educación, sin exigir que las familias presenten la documentación en papel cuando los registros estén disponibles.

La medida apunta a simplificar el acceso al 20% que se retiene mensualmente de la asignación y que se liquida una vez acreditadas las condiciones exigidas. El cambio quedó formalizado a través de la Resolución 290/2026, publicada en el Boletín Oficial, que reglamentó el mecanismo para aplicar la validación automática de la condición educativa.

El nuevo sistema no elimina la Libreta AUH ni modifica el porcentaje que se paga cada mes. La diferencia es que, cuando el Estado ya tenga los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos, el titular no va a tener que encargarse del trámite presencial o cargar el formulario para acreditar esa información.

Acreditación automática de escolaridad y vacunación: ¿cómo funciona el nuevo sistema?

El mecanismo se basa en un intercambio de información entre la Secretaría de Educación, el Ministerio de Salud y ANSES. En vez de depender exclusivamente de los formularios que presenta cada familia, el organismo recibirá los datos registrados para comprobar si se cumplieron las condiciones necesarias para acceder al monto retenido.

El cambio es importante porque, hasta ahora, las familias debían gestionar la Libreta AUH y asegurarse de que estuviera completa con la información de salud y educación. Para eso, tenían que acudir a los establecimientos educativos y centros de salud y después presentar el formulario ante ANSES.

Con el nuevo esquema, ese procedimiento deja de ser necesario cuando la información pueda verificarse mediante el cruce de registros oficiales.

¿A partir de cuándo se aplica la medida de ANSES?

La nueva modalidad empieza a aplicarse a los montos reservados de la AUH que se pongan al pago desde el 1° de noviembre de 2026. Esa fecha está establecida en el artículo 3° de la Resolución 290/2026, que reglamentó el procedimiento de acreditación automática.

Más allá de eso, la AUH mantiene su esquema habitual: ANSES paga mensualmente el 80% de la prestación y reserva el 20% restante, cuyo cobro depende del cumplimiento de las condiciones sanitarias, de vacunación y educativas que establece el régimen.

¿Qué pasará con la presentación de la Libreta AUH?

La Libreta AUH va a seguir vigente como alternativa para quienes no puedan acreditar automáticamente los requisitos. La Resolución 290/2026 establece que, si ANSES no cuenta con la información remitida por la Secretaría de Educación o si el titular presenta un reclamo, podrá demostrar el cumplimiento de las condiciones mediante la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación.

En esos casos, el trámite sigue por las vías habituales. El titular deberá revisar qué información falta, completar las secciones correspondientes con la escuela o el centro de salud y presentar el formulario ante ANSES. La documentación debe permitir acreditar los controles que correspondan según la edad de cada hijo.

Por eso, aunque el nuevo mecanismo reduzca la cantidad de trámites para los titulares, conviene consultar la información personal antes de dar por acreditados todos los requisitos. Si el sistema no logra verificar los datos, la presentación de la Libreta seguirá siendo necesaria para reclamar el pago.

La modificación busca que las familias no tengan que completar un procedimiento manual cuando los datos ya están disponibles en los registros oficiales. Para quienes sí deban intervenir, la documentación va a seguir siendo la vía para demostrar el cumplimiento de las condiciones.

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