27 de diciembre 2021 - 09:41

Condena contra agencia de viajes y empresa aérea por pasajes que no se pudieron utilizar en pandemia

La justicia porteña determinó que las empresas Despegar y Alitalia abonen al damnificado casi 2 millones de pesos, incluido el daño moral. El juez afirmó en su fallo que el hecho "constituye una conducta ilícita generadora de responsabilidad".

La Justicia falló a favor del cliente.

La Justicia falló a favor del cliente.

La justicia porteña condenó a Despegar y a la aérea Alitalia a que en el plazo de 3 días abone a un hombre casi 2 millones de pesos, incluido el daño moral, por pasajes que no pudo utilizar durante la pandemia por el Covid-19.

G.S inició la demanda para obtener una indemnización por daños y perjuicios, en razón de que las empresas se habrían negado a reintegrar el dinero abonado por pasajes aéreos que no pudo utilizar por razones ajenas a su parte.

Relató en la demanda haber comprado los pasajes a través de Despegar, costeando cinco tickets para Italia comprados el 11 de septiembre de 2019 para viajar con su familia.

Luego, por la pandemia fueron cancelados, pero el demandante alegó que las empresas “no realizaron un servicio por venta por esa cancelación”. Dijo que para él y su familia se convirtió en un hecho “totalmente desagradable”, que le había provocado un daño patrimonial y cuya responsabilidad recaería en las demandadas”.

El hombre explicó que el viaje cancelado había sido planeado aprovechando el receso de invierno, único momento del año en el cual podían coincidir todos los integrantes de la familia para vacacionar, y que habían sido planificadas durante años. Además, manifestó que la aerolínea no cumplió con el contrato de transporte y, una vez solicitada la devolución del pasaje, se negó a reembolsarlo.

Despegar negó que los hechos hubieran ocurrido así, que es falso que no hubiera brindado respuesta y que mantuvo permanente comunicación tanto con el actor como con Alitalia.

Esgrimió que ante una situación de pandemia que es de público y notorio conocimiento, “el presente caso no debe ser juzgado sin tener en cuenta este contexto que configura el caso fortuito o fuerza mayor”-

El juez Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo Andrés Gallardo hizo lugar a la demanda promovida por G.S y condenó a Despegar.com y Alitalia Societa Aérea Italiana a abanar al hombre la suma de 414 mil pesos con intereses. A ello hay que sumarle 200 mil pesos por daño moral, y la suma de 1.242.660 por daño punitivo más intereses.

Para el juez “las codemandadas Alitalia y Despegar resultan ser proveedoras del servicio de transporte aéreo, la primera como operadora del servicio y la segunda como comercializadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Defensa del Consumidor”, según publicó el sitio ijudicial.gob.ar.

Además citó el artículo 42 de la Constitución Nacional que establece que los consumidores tienen derecho en la relación de consumo a la protección de sus intereses económicos, a una información adecuada y veraz a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno:

Gallardo concluyó que “las codemandadas cobraron el precio de los pasajes y frente a la cancelación de los vuelos por la pandemia, se negaron tanto a resolver el contrato y devolver el dinero recibido, como a diferir la prestación comprometida. Esta retención del pago, cuya causa devino inexistente por la frustración de la finalidad tenida en miras al contratar, constituye una conducta ilícita generadora de responsabilidad”.

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