Potenciar Trabajo: cuándo se cobra el aguinaldo

El Gobierno confirmó que los titulares de Potenciar Trabajo recibirán este mes el medio aguinaldo. Cómo acceder.

Potenciar Trabajo

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La ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, confirmó la entrega de dos bonos de fin de año: uno para trabajadores que cobren un sueldo de hasta $180.000 y otro para titulares de Potenciar Trabajo.

Los beneficiarios del Programa Potenciar Trabajo cobrarán un bono de fin de año similar al medio aguinaldo de $13.500, en la semana de Navidad a Año Nuevo. "Vamos a dar una respuesta de un aguinaldo para Navidad", afirmó Tolosa Paz.

La medida alcanzaría a1.300.000 personas de beneficiarios sociales.

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Potenciar Trabajo: cuánto cobro en diciembre

Los beneficiarios de esta contraprestación del Gobierno cobrarán con un aumento del 20% de diciembre a marzo. Las liquidaciones quedaron de la siguiente manera:

  • Diciembre 2022: $28.950 + $13.500 del aguinaldo
  • Enero 2023: con aumento del 7%, cobran $30.976,5
  • Febrero 2023: con aumento del 6%, cobran $32.715
  • Marzo 2023: con aumento del 4%, cobran $33.870
  • Abril 2023: con una aumento del 3%, cobran $34.750

¿Cómo saber si cobro el Potenciar Trabajo?

Los beneficiarios de Potenciar Trabajo que llenaron la validación de datos, pueden consultar si fueron dados de alta o baja a través de la página oficial del Gobierno.

  • Ingresar en Mi Argentina.
  • Completar todos los datos personales correspondientes.
  • Dirigirse a Mis cobros o montos a cobrar y ahí se verá si está o no el de Potenciar Trabajo.
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¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Potenciar Trabajo?

Los titulares del plan deberán cumplir con la realización de un máximo de 60 horas mensuales, en una Unidad de Gestión, de las siguientes actividades laborales y comunitarias:

  • Tareas de cuidados y servicios socio-comunitarios.
  • Reciclado y servicios ambientales.
  • Construcción, infraestructura social, mejoramiento barrial y habitacional.
  • Agricultura familiar y producción de alimentos.
  • Producción de indumentaria y otras manufacturas.
  • Comercio popular.
  • Actividades de formación y capacitación profesional o entrenamiento laboral en virtud de lo normado por el DNU N.º 711/2021.

Además, dichos titulares no podrán hacer compras con tarjetas en dólares que sean mayores a los u$s15.

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