16 de abril 2024 - 17:51

La Corte Suprema empieza a desagotar stock, sin pistas del destino final del DNU

Como adelantó Ámbito, la discusión jurídica fue por la existencia o no de un "caso". Clave: no se expidió sobre la validez o no del decreto que firmó Javier Milei y se reserva los expedientes de mayor impacto, como el que llega desde la justicia laboral.

Los jueces de la Corte Suprema de Justicia. 

Los jueces de la Corte Suprema de Justicia. 

Reuters

La Corte Suprema -por goteo- empezó a definir algunos de los planteos que arribaron a la máxima instancia contra el DNU que Javier Milei firmó y que recibió múltiples cuestionamientos políticos y judiciales. Tomó dos expedientes -el del gobernador de La Rioja Ricardo Quintela y el de la Asociación Gente de Derecho, encabezada por Jorge Rizzo. Dato. Quintela debió haber intuido el destino de su presentación, recibida antes del inicio de la feria judicial de enero. La Corte, automáticamente y con total alevosía, dispuso el traslado a dictamen para la Procuración General y comunicó que se encargaría del asunto recién a partir del reinicio de la actividad. Lo dejó macerando.

El expediente era uno de los de mayor voltaje en ese momento porque pedía la intervención por competencia originaria del máximo Tribunal por tratarse de una controversia entre una Provincia y la Nación. Promovió una acción declarativa de certeza porque alegó que había incertidumbre ante un DNU 70/2023 eventualmente inconstitucional. Ámbito había adelantado el 22 de enero que en los pasillos de tribunales, ya se hablaba de que el prisma relevante para analizar el futuro judicial del decreto iban a ser los conceptos de "caso" y el de "legitimación".

Para la Corte, La Rioja no le llevó un "caso". Para que exista el requisito, deben existir partes "adversas" que discutan sobre un "derecho", que además refiera a un "interés específico" y "concreto" que emerja de la figura del litigante (la legitimación: no cualquiera puede ir a discutir cosas que no le competen). Para esta interpretación, ni siquiera se argumentó por qué la provincia estaría más afectada que otras por los efectos del DNU. La primera conclusión es que como ninguna precondición se habría cumplido, por lo tanto no se avanza en el análisis y se rechaza "in limine", es decir de inmediato.

Algo similar ocurrió con el intento de los abogados por impugnar todo el decreto pero por la vía del amparo. También solicitaba que se declare la inconstitucionalidad "integral" del DNU 70/2023. Pero la Corte recordó que el recorrido del expediente recibió rechazos no solo por no traer consigo un "caso", sino porque además, la condición de ciudadano es una "generalidad" y que -en el orden federal- no es apta para forzar la intervención judicial por sí sola, como para determinar el interés "concreto, inmediato y sustancial" que configura un caso.

De esta forma, la Corte Suprema comenzó a delimitar (por descarte) cuáles podrían ser los caminos válidos para que, primero, se considere un caso, y segundo, se aboque a definir la constitucionalidad o no del DNU. No es por acción declarativa, no es por amparo a título personal, no es sobre todo el contenido del decreto, no es sin invocar especial afectación. Esas pistas -por la negativa- son las que quedan desparramadas ahora en el tablero. ¿Podría el capítulo laboral que la Justicia Nacional del Trabajo dio de baja ser el expediente que contenga los requisitos que la Corte desea tomar? La Corte dijo en estos dos no hay caso. No dijo que no lo hubiere en algún otro planteo. Sobre todo, teniendo un inmejorable stock de presentaciones de todo tipo desde donde escoger.

De cualquier manera, la definición no es apta para ansiosos. Menos cuando se presentó hace una semana un proyecto de reforma laboral y con el DNU que amaga con discutirse en Diputados, lo que podría terminar de lapidarlo. La Corte ya dijo que privilegia que la política discuta los temas previamente a judicializarlos. Pero que tampoco esperará por siempre.

En el máximo Tribunal también pide pista el revoleo del juez de Misiones que se declaró incompetente respecto al Instituto Nacional de la Yerba Mate y todo el paquete laboral que es el más prolijo en cuanto a claridad porque recorrió ya el espinel del fuero laboral cosechando noticias adversas para el Ejecutivo a pedido de las centrales obreras CGT y CTA. Las SAD del fútbol, los inquilinos, la Confederación Farmacéutica Argentina y hasta la caótica situación de los amparos de salud y los afiliados de las prepagas forman parte del menú a disposición. La Corte es hábil jugando diagonales y más cuando experimenta "guerra fría" con el Poder Ejecutivo.

La otra pregunta que subyace es: ¿Quién le aseguró al Presidente que había "tres jueces" que tenían animadversión contra el DNU? Si ese pronóstico fuese ajustado, cualquier expediente podría haber servido como ariete para voltearlo. Incluso, estos. Ese es el otro mensaje que se desprende de esta decisión y del que tomaron nota los más avezados.

De todas formas, mal haría el Gobierno en celebrar anticipadamente porque el test real para el DNU todavía no ocurrió. Aunque, como se dijo, el destino final no es apto para ansiosos.

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