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14 de mayo 2003 - 00:00

¿Segunda vuelta Kirchner-Murphy?

En un muy interesante artículo, un abogado de la Capital Federal considera como erróneo suponer que la sola renuncia de la fórmula Menem-Romero permite la proclamación del otro binomio. De hacerlo siguiendo lo dispuesto por el artículo 155 del Código Electoral, sostiene que se violaría la Constitución nacional, que en uno de sus artículos establece claramente que la segunda vuelta debe realizarse entre las dos fórmulas más votadas, por lo que el ballottage debería llevarse adelante entre la fórmula no renunciante y la que le sigue en votos a la segunda. Esto es, Kirchner-Scioli - López Murphy-Gómez Diez.

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Entiendo que
El art. 94 de la Constitución nacional establece:

Es obvio que,
Pero la inconstitucionalidad no se agota en lo formal -ya de por sí suficiente para esa tacha-, sino que incursiona en lo sustancial del derecho constitucional. El mecanismo de ballottage, que comenzó a utilizarse en Francia en el siglo XIX,



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