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21 de abril 2020 - 00:00

Monotributistas y autónomos: cómo son créditos a tasa cero

Tendrán un límite de $150.000 y serán acreditados como saldo en las tarjetas de crédito de los solicitantes. Comenzarán a pagarse en octubre y con un plazo de doce cuotas.

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El Gobierno decidió ampliar los alcances del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), dentro de los que dispuso el lanzamiento de créditos a tasa del 0% para monotributistas y autónomos, con un límite máximo de $150.000. Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 376/2020, determinó una serie de modificaciones para ampliar los alcances del DNU 332/2020 que había creado el programa ATP.

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En los considerandos afirma que la continuidad del aislamiento afecta de forma “inmediata y aguda” a las empresas así como a distintos segmentos de trabajadores en relación de dependencia e independientes. A continuación, una guía sobre características y condiciones de los créditos.

¿Quiénes podrán solicitar los créditos?

Según el DNU, están alcanzadas aquellas “personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central”. El ministro de Trabajo Claudio Moroni explicó que los créditos incluyen a todos los monotributistas, “porque hay categorías que pudieron acceder a los IFE, pero otras no. No queda ninguno excluido”. Además, recalcó que corresponde a los “autónomos en sentido amplio, no sólo en el régimen previsional, sino aquellas que están incluido en las cajas profesionales. La concepción de autónomos es en sentido amplio, todo trabajador de profesión que no esté trabajando en relación de dependencia”.

¿Cuál es el monto?

El monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000. En lo que Respecta al Régimen General de Autónomo, será de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos en el año calendario anterior a la fecha de categorización.

¿Cómo deberán ser solicitados?

Según explicó ayer el ministro Matías Kulfas, los monotributistas y autónomos que quieran aplicar, deberán ingresar al sitio de la AFIP con su clave fiscal para saber si están clasificados. Si bien no se brindaron mayores detalles, el funcionario sí adelantó que sólo recibirán el crédito aquellas personas cuyos ingresos se hayan visto afectados por la cuarentena. “Habrá distintos requisitos, por supuesto que es para aquellos que fueron afectados. Si siguieron trabajando de la misma manera, no serán necesarios”, agregó Moroni.

¿Cómo se acreditará el saldo?

Será un saldo a favor en la tarjeta de crédito, que se acreditará en tres meses consecutivos, en partes iguales. En caso de aplicar para recibir el crédito, el solicitante recibirá un comunicado de la AFIP en la que se le pedirá “el número de CBU de la cuenta donde tiene la tarjeta de crédito”, según aclaró Moroni. Y como beneficio extra, a cada cuota se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que los trabajadores deben abonar mensualmente en concepto del impuesto integrado y cotizaciones previsionales del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o de los aportes previsionales obligatorios de autónomos.

¿De qué manera se deberá pagar?

Los beneficiarios podrán comenzar a devolver el crédito a partir de octubre, en 12 cuotas sin interés. “El costo financiero de esta financiación lo va a cubrir el Estado, a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), que recibirá de la Jefatura de Gabinete $11.000 millones para cubrir el CFT de los préstamos a tasa del 0%”.

¿Cómo se respaldan los créditos?

Según aseguró Kulfas, será el Fondo de Garantías Argentina (FOGAR) quien avalará hasta el 100% de los créditos a tasa cero destinados a monotributistas y autónomos, sin exigir contragarantías. Es por ello, que la Jefatura de Gabinete le transferirá al FOGAR, como aporte directo, $26.000 millones.

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