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21 de diciembre 2016 - 18:45

Blanqueo: AFIP considerará fecha de transferencia para pago de multa de 10%

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aceptará las transferencias bancarias internacionales iniciadas hasta el 31 de diciembre sin importar las demoras en la acreditación efectiva de los fondos. A partir del 1° de enero y hasta el 31 de marzo de 2017 la alícuota del impuesto especial será del 15%.

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Según explicó la AFIP, la medida surge ante las demoras ocasionales ocurridas desde el inicio de la transferencia bancaria internacional y hasta la acreditación efectiva de los fondos.

El 31 de diciembre de 2016 finalizará el plazo para pagar el impuesto especial con una alícuota del 10% correspondiente al sinceramiento fiscal de bienes (excepto inmuebles), tenencias (depósitos en el país o en el exterior y dinero en efectivo). El 10% se aplicará únicamente cuando los bienes y tenencias superen la suma de $800.000 (en conjunto o por separado).

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