ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

13 de septiembre 2023 - 07:24

Ganancias: oficializan suba y aclaran qué va a pasar con el aguinaldo

El Gobierno nacional oficializó el decreto que eleva el piso del impuesto al monto de 15 salarios mínimos, vitales y móviles a partir del 1 de octubre.

ver más
La medida comienza a regir desde hoy, su publicación en el Boletín Oficial. 

El Gobierno nacional oficializó la Ley de Impuesto a las Ganancias que eleva el piso del impuesto al monto de 15 salarios mínimos, vitales y móviles a partir del 1 de octubre. Además, aclaró lo que sucederá con el aguinaldo.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

Establécese, para el segundo semestre del período fiscal 2023, que el monto de la remuneración y/o del haber bruto, a los fines de lo dispuesto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, ascenderá a una suma mensual equivalente -conforme el monto que esté vigente el 1º de octubre de 2023-, a QUINCE (15) SALARIOS MÍNIMOS, VITALES Y MÓVILES (SMVM), aclara el Decreto 473/2023.

En el segundo artículo, explica que la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de 2023 que quedarán eximidos de pagar Ganancias quienes lleguen a esa cifra con la segunda cuota del aguinaldo.

Según se desprende del DNU, la actualización de los montos será cada tres meses y por lo pronto la medida regiría hasta el próximo 31 de diciembre.

“Encomiendase a la Administración Federal de Ingresos Públicos(AFIP), entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía, a incrementar los importes de la escala progresiva del primer párrafo del artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones -con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023, inclusive-, a los fines de reducir el monto de las retenciones de los sujetos que obtengan los ingresos mencionados en los incisos a), b) y c) del artículo 82″, agregó el decreto.

ganancias-foto.jpg

Ganancias: ¿cuándo entra en vigencia la medida?

Por último advierte que la medida entrará en vigencia desde ahora, que se publicó en el Boletín Oficial y se tendrán en cuenta las remuneraciones y/o haberes desde el 1° de octubre. “La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1° de octubre de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto”.

Ganancias: cuáles son los cambios, uno por uno

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias