Ganancias y Bienes Personales: ¿qué pasará con los vencimientos si se aprueban los cambios del paquete fiscal?

Suponiendo que todo se encuentra acordado y lo suficientemente consensuado para que Diputados apruebe el paquete fiscal a fin de abril y de inmediato sea tratado por el Senado, en el mejor de los escenarios podría convertirse en ley en la primera o segunda semana del mes de mayo.

En Ganancias, en principio, las modificaciones rigen desde la publicación oficial de la ley, aunque con vigencias específicas para los distintos capítulos que conforman el Título V del proyecto.
En Ganancias, en principio, las modificaciones rigen desde la publicación oficial de la ley, aunque con vigencias específicas para los distintos capítulos que conforman el Título V del proyecto.
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Los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y el de Bienes Personales de personas humanas y sucesiones indivisas del período fiscal 2023 están previstos para los días 11, 12 y 13 de junio, fechas que fueron estipuladas sin considerar las reformas que luego impulsaría el nuevo gobierno, que se acaban de dar a conocer para su próximo tratamiento en el Congreso, y que incluye modificaciones del impuesto patrimonial que son de aplicación precisamente para el período fiscal a vencer.

Suponiendo que todo se encuentra acordado y lo suficientemente consensuado para que Diputados apruebe el paquete fiscal a fin de abril y de inmediato sea tratado por el Senado, en el mejor de los escenarios podría convertirse en ley en la primera o segunda semana del mes de mayo.

En la hipótesis que el proyecto se convirtiera en ley en la primera quincena de mayo, debería reglamentarse, dictar las normas administrativas y lo más importante, adecuar las aplicaciones que permitan la determinación y liquidación del gravamen en línea con los cambios dispuestos. Con respecto a Bienes Personales se encuentra el Régimen Especial de Ingresos que alcanza los períodos 2023 a 2027.

Asimismo, en lo que hace al tributo propiamente dicho y de aplicación para estos vencimientos se incrementa el monto no imponible y la exención para inmuebles destinados a casa habitación y se reformulan las alícuotas aplicables, integrándolas. De manera que se trata de medidas que impactan positivamente en los contribuyentes del gravamen

En Ganancias, en principio, las modificaciones rigen desde la publicación oficial de la ley, aunque con vigencias específicas para los distintos capítulos que conforman el Título V del proyecto.

No obstante, las modificaciones que deberían incorporarse al aplicativo, en particular sobre Bienes Personales, a partir de la sanción de la ley se enmarcan en un tiempo sumamente exiguo para la administración tributaria y a su vez, para que los contribuyentes y sus asesores cuenten con la herramienta actualizada con la antelación suficiente que permita el cumplimiento en tiempo y forma de estas obligaciones.

Todo hace inferir, que un prudente y armónico manejo de la administración tributaria indica que sería necesario un replanteo de los vencimientos considerando cuándo se podrán poner a disposición de los contribuyentes los respectivos aplicativos y también la readecuación de los papeles de trabajo de los contadores en función de las nuevas normas a aplicar.

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