El gobierno descuenta que varios gobernadores, empezando por el cordobés Juan Schiaretti, el santafesino Hermes Binner y el chubutense Mario Das Neves, comandarán en el segundo semestre una embestida para lograr algo políticamente difícil: que Cristina de Kirchner acepte coparticipar la recaudación de las retenciones a las exportaciones.
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Desde la Casa Rosada ya elaboraron una estratégica respuesta para el momento en que las provincias concreten esta embestida. Funcionarios del Ejecutivo y algunos constitucionalistas cercanos al kirchnerismo encontraron la respuesta legal adecuada para terminar con esta ofensiva de los gobernadores. Según la interpretación oficial que comenzaráa circular en los próximos días, los ingresos provenientes de las retenciones son derechos a las exportaciones y no tributos.
Esto quiere decir que, por mandato constitucional, las retenciones son responsabilidad, en su recaudación, administración y gasto del gobierno nacional; mientras que los tributos son los que pueden coparticiparse. La teoría responde al criterio que es responsabilidad del Poder Ejecutivo, según el mandato de la Constitución nacional de 1994, todo lo inherente al comercio exterior, y que el Congreso sólo tiene facultad para imponer el nivel de tributos que el gobierno nacional luego puede aplicar. Dicho de otro modo: sólo a partir de una reforma de la Constitución nacional, y no a través de una ley como la del Presupuesto, las retenciones a las exportaciones se podrían llegar a coparticipar.
La interpretación de esta situación parte del siguiente silogismo. El artículo 75 de la Constitución, que habla de las Atribuciones del Congreso, menciona en el inciso 1 que corresponde a los diputados y senadores «legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación, los cuales, así como las avaluaciones sobre las que recaigan, serán uniformes en toda la Nación».
Clave
Esto implica que el Legislativo tiene que resolver cuánto se debe cobrar de derechos de importación y exportación, sin mayores responsabilidades sobre el establecimiento de la distribución de los impuestos. La clave del razonamiento se basa en que, históricamente, la aplicación de los derechos para el comercio exterior es anterior a la formación de la misma Nación, y forma parte indivisible de los recursos del Ejecutivo, con lo que las provincias no tendrían motivos legales para su reclamo. Diferente es la situación del resto de los impuestos y la necesidad de su recaudación y administración. En el mismo artículo 75, pero en el inciso 2, se habla de las «imposiciones directas» e «indirectas» que se deben aplicar; la Constitución aclara que el Congreso debe aprobar «una ley sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, que sustituirá regímenes de coparticipación de estas contribuciones». Obviamente, nunca se sancionó, desde 1994, esta ley; pero queda vigente el sistema tributario anterior con los criterios de coparticipación preexistentes. Estos no hablan de derechos al comercio exterior, sino simplemente de imposiciones (tributos).
La teoría oficial parece sólida, pero tiene un bache que los gobernadores podrían aprovechar. El argumento puede servir, si alguna provincia no quiere recurrir a la Justicia para que haga una interpretación real de la situación, para las retenciones a las exportaciones. Pero hay otro impuesto que no se coparticipa, que obedece a todas las reglas de un tributo clásico y que no tiene que ver con el comercio exterior. Se trata del impuesto al cheque, creado por Domingo Cavallo para aplicarlo «por única vez» durante los últimos meses de la crisis de 2001, y que perdura hasta nuestros días con una recaudación promedio de $ 1.200 millones mensuales. Sólo la Ley de Emergencia Económica que desde 2002 se viene aprobando desde el Congreso justifica que sea el gobierno nacional el que recauda y gasta la totalidad de estos ingresos sin la intervención provincial. Los gobernadores no tendrían mayores problemas en exigir que en el tratamiento del próximo Presupuesto nacional para 2009, los más de 15.000 millones que ingresarán como piso al sector público nacional sean compartidos con las provincias con el mismo criterio del IVA y Ganancias. Esto es, unos 9.000 millones para las gobernaciones y $ 6.000 para el Ejecutivo.
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