5 de marzo 2013 - 00:37

Congreso prepara "fast-track" para reforma judicial

Julio Alak, Carlos Zannini, Julián Álvarez, Ernesto Sanz
Julio Alak, Carlos Zannini, Julián Álvarez, Ernesto Sanz
El Gobierno debatió ayer la redacción de los proyectos de reforma judicial que Cristina de Kirchner anunció el viernes pasado ante la Asamblea Legislativa. Como ya es regla en el kirchnerismo, la orden de la Casa Rosada a los bloques oficiales fue acortar el trámite lo máximo posible. Nuevamente habrá "fast-track" para sancionar al menos la mitad de esos proyectos antes de fin de mes. Pero aún no hay textos y, de hecho, la fecha de envío al Congreso todavía no está garantizada.

Ayer Cristina de Kirchner se reunió en la residencia de Olivos con Julio Alak primero, Julián Álvarez a las 18 y, finalmente, con Carlos Zannini. En las reuniones se repasaron los anuncios del viernes y las opciones para la redacción de proyectos. Aparecen entonces algunos datos: la definición final podría no ser inminente, ya que el Gobierno está dispuesto a hacer consultas de último momento con juristas. Hay demasiados puntos en cada decisión que pueden provocar luego la presentación de recursos por inconstitucionalidad que compliquen el paquete anunciado y de ahí el chequeo final una vez que la redacción esté pulida.

Todo deberá esperar al regreso de Cristina de Kirchner de El Calafate, donde el jueves se reunirá con Dilma Rousseff, por lo que la demora puede prolongarse aún más.

El esquema de la reforma planteado hasta ahora es que llegarán al Congreso al menos tres proyectos de ley. Para todos los casos, el kirchnerismo tiene el número suficiente para la votación. Con el caso de Memorando de Entendimiento con Irán, tema que levantó rechazos hasta dentro de las bancadas oficiales, quedó demostrado que el Gobierno aún puede hacer lo que quiera con el Congreso.

El asunto que se debate en el oficialismo, entonces, no es la votación, sino los problemas que pueda tener cada una de las decisiones con la Justicia una vez que los proyectos estén aprobados.

En algunos casos, ni siquiera habrá demasiadas discusiones con la oposición. Por ejemplo, con la eliminación de la exención al Impuesto a las Ganancias sobre los salarios judiciales. La oposición no cuestiona ese proyecto e inclusive otros puntos, pero sí la "intencionalidad".

"Si uno pudiera distinguir en los proyectos de reforma judicial la verdadera intencionalidad con la teoría de los proyectos, desde lo teórico se podría decir que algunos proyectos son 'compartibles'", se quejaba el fin de semana el radical Ernesto Sanz.

El problema con la aplicación de Ganancias, entonces, no está en la votación, sino en la reacción de la Justicia. La derogación de esa exención ya se votó en el Congreso y fue resistida en una acordada de la Corte Suprema y decenas de recursos presentados. En esto no vale un acuerdo con la oposición, sino lograr un texto de la ley que pueda estar blindado a la contraofensiva del Poder Judicial.

Distinto es el caso de la reforma al Consejo de la Magistratura que dispone que los integrantes sean electos. En realidad, la naturaleza jurídica de esa reforma recuerda el sistema anterior a la Constitución de 1994, cuando la remoción de los jueces se hacía por juicio político en el Congreso con cámara acusadora y cámara juzgadora, algo que para el Poder Judicial sólo quedó reservado a miembros de la Corte Suprema.

Si se establece la elección abierta como método de selección, los integrantes de Consejo de la Magistratura pasarán a integrar las listas de candidatos de cada partido, en una asimilación con las de diputados y senadores, es decir, eliminando la actuación de los representantes de jueces y abogados.

También irá por proyecto separado la creación de tres tribunales de casación que se introducen como una alternativa intermedia en la Cámara Federal y la Corte Suprema, como sucede con la Casación Penal. En este caso, operarán para los tribunales de Contencioso Administrativo y Civil y Comercial.

Quizás el proyecto más discutido hoy, dentro de los anuncios, es la modificación del régimen de amparo. Se teme que en este caso las declaraciones de inconstitucionalidad frente a la limitación serán inmediatas y de ahí que se estudie modificar la reglamentación del sentido de los amparos en cuanto a que la Justicia los otorgue con sentido devolutivo o suspensivo, algo que puede modificar de fondo el efecto de esas medidas.

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