31 de diciembre 2014 - 00:00

Corte contra mineras: avala ley de glaciares

 La Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad una demanda de la Cámara Minera de Jujuy que pedía la inconstitucionalidad de la Ley 26.639 de "protección de los glaciares y el ambiente periglaciar" y revocó una cautelar que suspendía la vigencia de esa norma.

Los jueces del máximo tribunal del país rechazaron con este fallo la acción iniciada por esa cámara empresarial minera y revocaron la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal 2 de Jujuy, que suspendía la vigencia de la ley de protección de glaciares.

La Corte explicó que la Cámara Minera de Jujuy no demostró cuál era el daño que le causó la vigencia de la ley de protección de los glaciares y reconoció que no podía individualizar "la porción de territorio definida como glaciar y ambiente periglacial" en el que no podrán realizarse actividades de exploración y explotación minera.

En el fallo, señaló que esa imprecisión deriva de la omisión del Poder Ejecutivo Nacional en realizar el inventario de glaciares y del ambiente periglacial que el Congreso ordenó por ley hace más de cuatro años.

Proyectos

De este modo, la demanda de la Cámara Minera no supera la mera hipótesis de que algún eventual proyecto minero en Jujuy podría verse afectado por una prohibición cuyo alcance geográfico quedará delimitado recién cuando el Ejecutivo reglamente la Ley 26.639, argumentó la Corte.

Respecto de la cautelar dictada por el Juzgado Federal 2 de Jujuy, el fallo dijo que, ya en el precedente Barrick, la Corte había establecido que es precisamente el dictado de este tipo de medidas lo que impide la realización del inventario señalado y, por ende, que la ley de glaciares pueda volverse aplicable.

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