1 de marzo 2013 - 00:00

Cruces por freno a ley de excarcelación

Buenos Aires - La decisión de la Suprema Corte de suspender la ley que limita las excarcelaciones para aquellas personas que en el momento de ser detenidas porten armas de fuego no registradas generó una fuerte polémica entre legisladores que responden al gobernador Daniel Scioli -impulsor de la norma- y organismos de derechos humanos, motorizadores de las presentaciones ante el máximo tribunal.

El diputado provincial Guido Lorenzino se mostró "sorprendido" por la decisión de la Justicia al evaluar que se trata de una norma "que tiene la legitimidad de haber sido votada por la Legislatura de la provincia y por la gente". Evaluó que la ley "se hace eco del mayor reclamo de la sociedad que es sacar las armas de la calle y meter presos a aquellos que cometen delitos usando armas de fuego" y dijo que "la Corte va a contramano de lo que pide la sociedad".

En esa línea, el senador bonaerense Alberto de Fazio analizó que "una cosa es un Estado de derecho con garantías institucionales y otra es un Estado bobo cuyo Poder Judicial libera delincuentes para cometer delitos porque dice que no se le puede negar la excarcelación a nadie".

Iván Budassi, también legislador provincial, explicó que con la iniciativa "se buscaba limitar la presencia de armas en las calles" y afirmó: "Respeto la opinión de la Corte, pero no la comparto". Y negó que se hayan exagerado las atribuciones policiales y que se restringirá la libertad de las personas sin las suficientes garantías. Consideró, además, que "la medida cautelar parece desconocer que son siempre los jueces quienes deben analizar la conducta del imputado y de las autoridades que lo han detenido".

Por su parte, en un comunicado conjunto, organismos de derechos humanos celebraron la suspensión y evaluaron que "el máximo tribunal provincial consideró que del texto de la ley podrá presuponerse la concesión a las fuerzas policiales de la facultad de incidir sobre la libertad de las personas, delicada potestad que sólo debe ser ejercida por un magistrado". "La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) afirmaron en reiteradas oportunidades que no pueden existir delitos no excarcelables y que la única posibilidad de privar de libertad a un individuo sin condena es por la acreditación de peligro procesal", agregaron.

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