10 de diciembre 2008 - 00:00

Drogas: no penó tenencia

La Sala I de la Cámara Federal volvió a declarar inconstitucional la norma que castiga la tenencia simple de estupefacientes para consumo personal, siguiendo la jurisprudencia asentada desde hace años por la propia cámara así como por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El fallo resalta una vez más que la ley de despenalización del consumo impulsada por el Gobierno plantea en realidad una cuestión que la Justicia ya ha resuelto en la práctica hace mucho tiempo. Antes de fin de año se espera, sin embargo, un fallo definitorio del máximo tribunal sobre el tema.

Los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah dictaminaron ayer, a partir de las causas «Ferreyra, Franco» y «Vila, Claudio Fabián», que el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley 23.737 (que castiga la tenencia simple de estupefacientes para consumo personal) no responde a los principios defendidos por la Constitución, ya que se traduce en «una irrazonable restricción de la libertad personal» y menoscaba el libre acceso del derecho a la salud. El mismo criterio había sido adoptado por ambos magistrados en «Velardi», del 22 de abril pasado, y por Freiler, en el fallo «Cipolatti», del 7 de junio de 2005. El tercer camarista, Jorge Ballestero, también defendió esta posición «en virtud de su irreconciliable pugna con el artículo 19 de la Ley Fundamental».

En un extenso voto donde consideró tanto los precedentes de su propia cámara como los antecedentes de la Corte Suprema, «Bazterrica» y «Montalvo», Ballestero aseguró que la tenencia de estupefacientes para uso personal «es un acto privado innegable» en tanto «es incapaz, por sí misma, de conectarse con un resultado lesivo para otros; en cuanto no implica un daño al orden y la moral pública ni involucra un perjuicio para terceros».

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