30 de junio 2009 - 00:00

No cumple objetivos contrarreforma previsional

Al cumplirse 6 meses de la aprobación de la Ley 24.245 que canceló el régimen previsional de capitalización creado en 1994, es oportuno realizar un primer balance y considerar las enseñanzas que el Gobierno propone al respecto.

Hay dos aspectos centrales para analizar: la comparación de beneficios previsionales entre el régimen de capitalización y el de reparto, y la efectividad del manejo público de los fondos previsionales como política anticíclica y de promoción.

En el caso de los beneficios previsionales en reparto y capitalización, la comparación relevante varía según sea el número de años con aportes, la evolución del salario, etc. No obstante, siempre deben compararse los beneficios que promete cada régimen al momento del retiro (con al menos 30 años de aportes). Por ende, como el régimen de capitalización estaría cumpliendo 15 años recién ahora, la comparación requiere realizar proyecciones (y supuestos). Un supuesto razonable es que la rentabilidad futura de las AFJP habría sido igual al promedio histórico entre 1994 y el primer semestre de 2009, y que las comisiones y costos del seguro de vida e invalidez hubieran sido los observados en el año previo a la contrarreforma de 2008.

Por ejemplo, sin se compara haberes previsionales de inicio (sin PBU) como porcentaje del salario para un aportante con salario real constante en el tiempo, se advierte que a pesar de la rentabilidad negativa de la cartera de las AFJP durante los últimos 24 meses (-9% en el segundo semestre de 2007 contra el primero de 2008 y un estimado de -19% en el segundo semestre de 2008 frente al primero de 2009), su rendimiento histórico real (incluyendo tal caída) fue del 6,9% anual, permitiendo haberes mayores a los de reparto luego de 26 años con aportes continuos. Ello se explica por la «magia» del interés compuesto que regía en la capitalización (pero no en el reparto), y por la incidencia fuertemente decreciente de las comisiones de las AFJP respecto de dicho fondo (capitalizándose una porción creciente de éste en el tiempo).

Así, salvo casos puntuales (por ejemplo, afiliados prontos a jubilarse, o con salarios -reales o en blanco- fuertemente crecientes en los últimos años laborales), el régimen de capitalización «prometía» (de manera creíble) una prestación mejor que la que promete el reparto. El régimen era perfectible, pero no por medio de su eliminación.

Sin embargo, la propaganda oficial no se detiene en estos detalles. En mi caso concreto, por ejemplo, la ANSES -por correo, en marzo- me informó que «si tomamos en cuenta los aportes que efectivamente usted realizó desde la vigencia de la Ley 24.241, cuando en julio de 1994 se creó el Sistema de Capitalización, el haber a cargo del Sistema de Reparto hoy sería superior en un 100% al que hubiera obtenido de su AFJP». Sin embargo, teniendo 20 años de aportes por delante, la capitalización de mis contribuciones históricas y de las que realizaré en el futuro revertirían drásticamente tal comparación al momento de jubilarme.

Otro punto es el «drama» para los afiliados de las AFJP a raíz de la crisis financiera global. Este fue el primer argumento oficial en defensa de la contrarreforma, pero también es endeble. Al año 2008, menos del 5% de los afiliados a las AFJP estaban en condiciones de jubilarse en 2009 o 2010. Hubiera sido fácil, por lo tanto, proteger a estos jubilados por medio de transferencias intrarrégimen asegurándoles un retorno positivo a los fondos en 2008.

Por otra parte, la solución estructural hubiera consistido en replicar lo hecho en Chile desde 2002, donde cada AFP administra 5 fondos con distinto riesgo: el fondo «E» (ultraconservador, y obligatorio para quienes están próximos al retiro) tuvo una rentabilidad negativa de sólo un -0,9% en 2008, muchísimo mejor que las de los fondos más riesgosos (comparables con las de las AFJP en la Argentina en ese año).

Con respecto al uso de los fondos de las AFJP como herramienta contracíclica y promocional, es positivo, sin dudas, que los gobiernos puedan realizar políticas contracíclicas frente a situaciones críticas como la actual. Sin embargo, la política fiscal de este Gobierno ha sido sumamente procíclica entre 2003 y 2008 (precrisis global), y la economía en su conjunto carece de financiamiento como para realizar una política contracíclica durante 2009: los fondos que invierte la ANSES antes eran invertidos por las AFJP, por lo cual hay un desplazamiento («crowding-out») y no hay un efecto neto relevante en la demanda agregada; las inversiones de las AFJP que se repatrian del exterior representan menos del 9% de sus carteras, y fueron mucho más que compensadas por la salida de capitales provocada en buena parte por esta contrarreforma. De hecho, tomando las proyecciones del FMI (relativamente benévolas para la Argentina), la contracción de la economía del país (medida por la diferencia entre la tasa de crecimiento en 2008 y la proyectada para 2009) es una de las mayores del mundo (superada sólo por los países de Europa del Este).

En cualquier caso, el ahorro previsional debe procurar el mayor rendimiento posible para beneficio de los trabajadores en su vejez. De lo contrario, cuando la rentabilidad real negativa de las inversiones dirigidas a crear mayor empleo lleve a un default de las promesas del esquema de reparto habrá un serio problema (cuya anticipación dañará el clima de inversiones y la posibilidad de crear empleo genuinamente). Bajo esa óptica, los flamantes créditos para viviendas del Banco Hipotecario, fondeados con recursos de la ANSES que obtienen rendimientos menores a los del mercado, constituyen una buena noticia sólo para quienes tomen dichos créditos, pero sin dudas no lo son para los aportantes actuales del sistema previsional.

Es loable que el Estado promueva inversiones en infraestructura y vivienda social, y que fomente el empleo, pero ello debe hacerse con los instrumentos de política pública propios a dichos objetivos, de manera transparente y no arbitraria. Desinformar sobre los verdaderos costos que tiene la «utilización social» de los fondos previsionales no es aceptable.

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