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UIF rastrea depósitos de $ 40.000
Así lo dispuso la UIF en una comisión conjunta con el Banco Central. Además, deberán realizar un perfil completo de sus clientes habituales, según lo dispone la Resolución 121 publicada el viernes en el Boletín Oficial. Ésta derogó la Resolución 37, emitida en febrero por la UIF, que disponía una serie de controles sobre los clientes con operaciones anuales de más de $ 500.000.
En concreto, los bancos deben identificar a sus clientes entre «habituales» y «ocasionales». Los primeros son los considerados permanentes, cualquiera sea el monto por el que operen. Los ocasionales, en tanto, son aquellos con los que no se entabla una relación de permanencia y cuyas operaciones anuales no superan los $ 60.000. En este último caso, el banco pedirá elementos de identificación de la persona o la empresa y dos declaraciones juradas.
Una declaración deberá indicar estado civil, profesión, oficio, industria o actividad principal, y la otra señalará «expresamente si reviste la calidad de Persona Expuesta Políticamente» (PEP).
Tras definir el perfil del cliente, las entidades deberán establecer un monto anual estimado de operaciones, por año calendario, para cada cliente.

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