A partir de este martes, la Inspección General de Justicia (IGJ) fijó nuevos requerimientos para los actos de adjudicación mensuales de sociedades de ahorro previo por círculos o grupos cerrados para la adjudicación directa de bienes muebles y sumas de dinero con destino compra de bienes muebles o servicios o ampliación o refacción de bienes inmuebles.
Se estableció que esos procesos que se tienen que realizar por bolillero se harán presencialmente y con presencia física de escribano público, pero que, además, deberán disponer de transmisiones en vivo y se exige que los mismos sean debidamente publicitados a través de su página web y en los cupones de las cuotas que emitan.
Planes de Ahorro: nueva reglamentación para licitaciones
Así lo estableció la IGJ en la Resolución 9/2023 del organismo, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, y que dispone su inmediata aplicación.
La norma señala que la modalidad de celebración a distancia de los actos de adjudicación mensuales, dispuesta por Resolución General 21/2020, ha demostrado ser un medio idóneo para la realización de sorteos y licitaciones durante la emergencia sanitaria y, su transmisión en vivo ha resultado útil para los suscriptores, habida cuenta de la dispersión geográfica de estos.
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Imagen de mohamed Hassan en Pixabay
Por tal motivo, consideran propicio proseguir con esta modalidad y sumarla al sorteo presencial que se hace en un lugar determinado “con el consiguiente trastorno que ocasiona a los suscriptores la movilización a efectos de presenciar el acto, siendo esto, muchas veces, un impedimento para la participación”, tal como explica la norma emitida.
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