Un hombre de la localidad de Gonzales Chaves realizó 36 llamados al 911 para denunciar que había visto a Loan Peña en ese pueblo bonaerense. Finalmente fue identificado y ahora enfrenta una posible multa de hasta $10 millones por realizar llamados falsos a un servicio de emergencias.
Las comunicaciones datan del 11 de agosto pasados, y en todas ellas el hombre aseguró que había visto a una persona junto al menor de 5 años que lleva desaparecido desde el 13 de junio en Corrientes. No obstante, en cada una de las denuncias cambiaba las características que describía.
Así, el Centro de Monitoreo Urbano comprobó que las denuncias eran falsas, y por ello el fiscal Juan Carlos Ustarroz ordenó una investigación para identificar al autor de los llamados.
A su vez, solicitó informes tanto a las empresas telefónicas como al Servicio de Emergencias para localizar el dispositivo que había utilizado.
El hombre en cuestión fue identificado como Juan Ignacio Rodríguez, y es mayor de edad, según informó la agencia NA.
Personal del Gabinete de Investigaciones de Gonzales Chaves y de la Subdelegación de Investigaciones de Tres Arroyos desplegaron un operativo este miércoles y allanaron el domicilio del sospechoso, donde secuestraron su teléfono celular.
Asimismo, están recolectando evidencia para imponerle una multa bajo la ley contravencional, que establece sanciones económicas de entre 4 y 10 millones de pesos por realizar llamadas falsas a los servicios de emergencias.
Caso Loan: desestimaron la apelación y el gobierno de Corrientes no será querellante
La Cámara Federal de Corrientes desestimó este jueves la apelación y el gobierno provincial finalmente no será querellante en la causa que investiga la desaparición del niño Loan Danilo Peña.
El juez aseguró que el pedido presentado por el fiscal de Estado de Corrientes, Horacio Ortega, "carece de motivación", al tiempo que resaltó: "La finalidad de brindar tutela reforzada a los menores está garantizada por los órganos constitucionalmente predispuestos".
Además, sostuvo que: "Tampoco es posible entender que el Estado Provincial pueda erigirse como damnificado en la presente causa", atento que no se observa la existencia de un "perjuicio concreto y real que de algún modo permita colocarlo en dicha posición".
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