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18 de agosto 2003 - 00:00

El Estado frente a la inseguridad jurídica

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Se trata de CMS, que es propietaria de aproximadamente 30% de TGN, una de las dos concesionarias de transporte de gas de nuestro país. La demanda se interpuso como consecuencia de los incumplimientos del Tratado entre EE.UU. y la Argentina para la promoción y protección de las inversiones, surgido de las medidas adoptadas por el Congreso argentino el 6 de enero de 2002 y las medidas complementarias dictadas por el Poder Ejecutivo (default de deuda, devaluación, pesificación asimétrica e incumplimiento de los contratos con las empresas privatizadas, concesionarias de servicios públicos, en particular, la eliminación del mecanismo de tarifas en dólares y su ajuste previstos en el contrato de adhesión preparado por el país y en los que CMS se basó para efectuar su inversión).



La recuperación económica ha ayudado a la caja de las empresas para que éstas puedan actuar en el área de mantenimiento y operación de la concesión (pago de sueldos, alquileres, impuestos, servicios de arreglo), pero no ha servido para que generen caja suficiente para pagar sus obligaciones con el exterior, ni que puedan cumplir con compromisos de inversión que son indispensables para mantener la calidad del servicio y su continuidad en el tiempo.

La sentencia no condena a nuestro país a pagar nada, excepto al final del proceso los honorarios de los abogados de la otra parte, si no se llega a un acuerdo en el intermedio, pero constituye una clara señal del Tribunal, que acelerará seguramente los restantes procesos que estaban esperando un pronunciamiento de este tipo.

Las demandas tienen un tema común: la falta de seguridad jurídica protegida por los tratados de protección de las inversiones. Por lo tanto, si el Estado toma el toro por las astas y acepta el reto, debe reconstruir esa seguridad, ciertamente no sólo para los extranjeros sino, en primer lugar, para todos los benditos habitantes de este país, que no tenemos los medios para sufragar los costos que involucran estos procedimientos.

Hasta ahora, el Estado no ha podido reaccionar con eficiencia. Creó una comisión que, luego de 18 meses, llegó a la conclusión de que en los sectores estudiados no se habían producido prima facie violaciones o incumplimientos que habiliten la revocación de la concesión. Ahora se propone estudiar hasta fin de 2004 las condiciones de las concesiones. Por otra parte, las concesionarias produjeron todos los estudios que se les pidieron y elevaron sus propuestas para continuar el cumplimiento de las concesiones.

En otras palabras, desde un observador exógeno, parece que el Estado no tiene continuidad. Cada administración tiene su librito y todo lo que se hizo queda soslayado y a empezar de nuevo. El problema es que los tiempos políticos de toda negociación se pueden apresurar por los tiempos técnicos.

En el caso de la electricidad, que tiene un marco legal ejemplar, se hace necesario que los usuarios paguen un aumento de tarifa para poder mantener la ecuación o el Estado lo subsidie pagando la diferencia entre los aumentos de los combustibles, que se refleja todos los años en la tarifa o, a falta de subsidio, no habrá luz. Es inconcebible que esto pueda ocurrir, pero tampoco parece bueno un sistema de subsidios que siempre termina arrojando precios políticos. El marco legal en el que se desenvuelve el sistema eléctrico argentino no requiere que se lo subsidie, sino que los usuarios paguen por el costo de un sistema eficiente. El Estado y esta administración deben decidir no sólo la política a ejecutar en el sector, sino también cómo acallar el reclamo de la inseguridad jurídica. Si no se satisfacen ambas, se verá encerrado en un dilema de hierro, donde mueren las promesas y se entierran las ilusiones. El costo, invariablemente, lo pagarán los administrados.

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