La Corte Suprema suspendió ayer otro remate hipotecario hasta tanto no resuelva sobre la pesificación. A casi cuatro años del «corralito» y la posterior devaluación y el default, la postergación de una resolución definitiva sobre el tema sigue complicando el normal funcionamiento del sistema financiero. Para la Corte, el caso de ayer merecía «ser analizado en profundidad».
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Este es el segundo fallo en el que el tribunal se pronuncia en favor de los deudores hipotecarios en dólares sin avanzar sobre el fondo de la cuestión: si el crédito debe ser pagado en moneda extranjera o en pesos. El tribunal tiene serias dificultades para reunir una mayoría y expedirse sobre el tema.
Por eso, hasta ahora ha evitado un pronunciamiento sobre la pesificación de las deudas hipotecarias entre privados y bancos que fueron originalmente contraídas en dólares y quedaron pesificadastras la devaluación de la moneda.
Por lo pronto, la Corte decidió aceptar la apelación presentada por el deudor Alberto Camoriano y, en forma provisional, suspendió el remate hipotecario de su vivienda.
En su resolución, la Corte recordó que el 21 de noviembre de 2003, el juez de primera instancia mandó llevar adelante la ejecución hipotecaria para cubrir la deuda de 15.900 dólares más los intereses de 15% anual contraídos con una financiera.
El deudor apeló ante la Sala L de la Cámara del fuero, que entendió que la sentencia de remate no era apelable para quien no hubiera opuesto excepciones, y dispuso seguir adelante con el trámite de ejecución.
Entonces, Camoriano presentó un recurso extraordinario ante el juzgado de segunda instancia, que se limitó a rechazar nuevamente el recurso. Ante esta situación, decidió recurrir «en queja» a la Corte, donde solicitó la suspensión de la subasta de su inmueble, prevista para el 1 de noviembre.
El deudor argumentó que estaban vigentes normas de emergencia económica que protegían los inmuebles hipotecados de los remates, lo que recibió una acogida favorable por parte del máximo tribunal, aunque sin llegar a pronunciarse sobre la cuestión de fondo.
El supremo tribunal interpretó que debía hacer lugar al recurso de queja y suspender el remate, puesto que el caso merecía «ser analizado en profundidad ya que se encontraban impugnadas normas que podrían implicar una cuestión de orden federal».
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