Murió Martínez de Hoz, exministro de Economía en la última dictadura
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La causa penal había comenzado contra Videla y el exministro del interior de la dictadura, Albano Eduardo Harguindeguy, e incluyó más tarde a Martínez de Hoz. Pero en 1989 y 1990 Carlos Menem los indultó mediante el dictado de los decretos 1002/89, 2741/90 y 2745/90 del Poder Ejecutivo Nacional.
El proceso quedó paralizado hasta la presentación judicial realizada el 20 de junio de 2006 por la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos y la fundación Liga Argentina por los Derechos del Hombre.
Las entidades pidieron la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 1002/89 y 2745/90, que beneficiaron a Harguindeguy y Martínez de Hoz y, luego, el secretario de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, pidió lo mismo con relación al decreto 2741/90, que había favorecido a Videla.
Entonces, la Corte Suprema confirmó los fallos de anteriores instancias de la justicia penal federal. Las resoluciones sobre Martínez de Hoz y Videla fueron firmadas por el presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda. Los magistrados habían destacado "la obligación del Estado de perseguir, investigar y sancionar adecuadamente a los responsables de cometer delitos que constituyan graves violaciones a los derechos humanos".
Al resolver estos recursos extraordinarios, los jueces tuvieron en cuenta el precedente "Mazzeo", en el que se concluyó que los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no solo a la Constitución Nacional, sino a toda la comunidad internacional. Para la Corte esos ilícitos son "imprescriptibles" y pueden ser objeto de persecución penal a pesar del paso del tiempo.
La Corte expuso que, tras la reforma de la ley fundamental en 1994, los tratados internacionales de derechos humanos tienen jerarquía constitucional y se ha querido que la jurisprudencia internacional en la materia sirva de guía interpretativa para los jueces.
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