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30 de mayo 2003 - 00:00

Senado analizará ley de bienes culturales

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La norma establece que las empresas extranjeras no podrán poseer más de 30% del capital accionario de medios nacionales y mantener siempre un porcentaje no menor a ése en el derecho de voto en asambleas. La medida, junto con otras que protegen a contenidos y producción de medios, les otorga el privilegio a algunos medios endeudados en el exterior de rechazar cualquier intento de compra hostil por parte de sus acreedores extranjeros.

Por lo tanto, si un acreedor extranjero de medios quisiera cobrar sus deudas, debería venderla a un argentino residente para que éste pudiera así hacer valer las normas del cram down que contempla la Ley de Quiebras en el país.

Este privilegio especial, que no rige para ningún otro sector de la economía, tuvo algunos cambios en el recinto de Diputados en la última sesión.

El dictamen de mayoría establecía en su artículo 5 que la protección para escapar del cram down no regía para el caso de empresas nacionales que quisieran cobrar deuda de medios locales -algo obvio para una ley que restringe capital extranjero-. Dice, además, que en caso de no alcanzarse un acuerdo en el concurso de la empresa endeudada, la participación de un medio extranjero en la sociedad -única excepción a la ley-sólo podría darse a pedido del medio en quiebra y con autorización del Poder Ejecutivo Nacional.

Con la ayuda de radicales, un sector de peronistas del «grupo Talcahuano» -los más afines a Néstor Kirchner-se cambió a último momento ese artículo reemplazándolo por otro redactado en el dictamen de minoría por el radical Mario Capello y que lleva el número 6 en ese proyecto.

En esa versión, que ahora deberá ratificar el Senado, si sólo se hubieran presentado al concurso empresas extranjeras a reclamar el cobro de deudas, la autorización para hacerse cargo del medio de comunicación deudor queda en manos del juez que interviene en el proceso de quiebra.

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