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31 de agosto 2007 - 00:00

Limitarán reelección

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El proyecto de ley aprobado establece que el 28 de octubre deberán elegirse 23 convencionales por distrito único, quienes tendrán que iniciar la convención 15 días después de los comicios.
Los artículos «abiertos» a la reforma son el 85, 105, 117, 130, 134, 136, 136 bis, 155, 155 bis, 156 y 157; y además autoriza a los constituyentes a realizar las modificaciones que consideren para mejorar la función judicial en los artículos 128 a 143 inclusive.
Apuntan también a derogar la reelección indefinida de gobernador y vice, y de intendente y vice, a diferencia de la enmienda anulada por la Justicia electoral que sólo limitaba a los estamentos de gobernador y vice.
 Composición
Asimismo, impulsa ampliar la composición de los cuerpos legislativos para asegurarles lugares a las mujeres y a la oposición.
En el caso de los concejos deliberantes, propone que los situados en poblaciones menores tengan un mínimo de 6 representantes, y el de la capital, el de mayor densidad, aumente a 15 concejales.
La iniciativa propone una amplia reforma de la Justicia, que incluye la creación de la figura de jury de enjuiciamiento para jueces inferiores y miembros del Ministerio Público, al tiempo que sugiere modificaciones en la integración y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura.
La ley que declara la necesidad de la reforma establece que el mandato del gobernador electo Luis Beder Herrera, que comenzará el 10 de diciembre de este año, está alcanzado por la reforma y debe ser considerado como el primero. Por lo tanto, el mandatario tendrá posibilidades de ser reelecto sólo una vez.
De ese modo, el oficialismo le quita argumentos a la oposición radical que sostenía que la intención de Beder Herrera era dejar el primer mandato fuera de los alcances de la reforma con el afán de perpetuarse en el poder.
La iniciativa de aclarar el punto en la ley fue a pedido del Poder Ejecutivo y estaba incluido en el proyecto enviado por el gobierno.

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