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La iniciativa incrementa básicamente la penalización del abigeato que tiempo atrás se consideraba una falta leve de acción individual y que actualmente constituye una forma operativa de bandas organizadas con extensiones y complicidades que trascienden el ámbito rural.
Asimismo, considera como agravante de los ilícito la situación de indefensión y aislamiento en que se encuentran los pobladores rurales ante las nuevas modalidades delictivas con manifestaciones de alta violencia.
Además de precisar el término de "establecimiento rural" como todo inmueble destinado al desarrollo de actividades agropecuarias la propuesta incluye en forma de "hurto de productos separados del suelo" a "maquinarias, instrumentos de trabajo, agroquímicos, fertilizantes otros insumos similares, alambres y cercos" El proyecto lleva la firma del jefe de gabinete, Alberto Fernandez y el ministro de Justicia, Gustavo Beliz y fue presentado en
Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) por el subsecretario de Economía Agropecuaria, Javier de Urquiza. La norma apunta a unificar las iniciativas presentadas por varios legisladores que plantearon la necesidad de incrementar las penas y ampliar la descripción de los ilícitos a fin de dar nuevas herramientas legales más adecuadas para combatir el delito rural.
En tal sentido propone reprimir con prisión de 2 a 6 años al que se apoderare de 1 o más cabezas de ganado mayor o menor ubicadas en un establecimiento elevando la pena de 3 a 8 años cuando el robo ascienda a 5 o mas cabezas. La penalización será de 4 a 10 años cuando el abigeato se realice con falsificación o supresión de las marcas de identificación del ganado y participen del robo personas dedicadas a la crianza, faena y comercialización de hacienda, miembros de las fuerzas de seguridad o funcionarios públicos.
A estos últimos, además de las penas de prisión se les aplicará una "inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena" y deberán afrontar una "multa equivalente de 2 a 10 veces el valor del ganado sustraído".
Asimismo, propone penas de 3 a 6 años de prisión e inhabilitación especial de hasta 10 años para los funcionarios públicos que, sin haber participado del delito de abigeato, faciliten el "transporte, faena, comercialización o mantenimiento de ganado, sus despojos o subproductos, conociendo el origen ilícito" de la hacienda.
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