La Secretaría de Agricultura de la Nación, conducida por Miguel Campos, impulsa desde hace meses la aprobación del proyecto de ley conocido como de "regalías globales", a través del cual manejaría un fondo de alrededor de $ 150 millones surgido del pago de royalties por el uso de semillas mejoradas. Mientras las empresas exigen cobrar por sus adelantos científicos en semillas -aunque no les agrada que el
Estado maneje y distribuya esos fondos-, los agricultores se niegan a perder derechos sobre los granos cosechados.
Además, los «derechos de los obtentores» en la Ley 20.247 y la adhesión al Acta UPOV'78 cumplen acabadamente los acuerdos internacionales en la materia. La norma básica es el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio, también mencionado como ADPIC o Acuerdo TRIPS. Este acuerdo, inspirado en la acción y la propuesta de una coalición de compañías de Estados Unidos -entre las que se contaban Monsanto y Du-Pont, que formaron el autotitulado Comité de Propiedad Intelectual-, fue adoptado en la Ronda Uruguay del GATT en 1994 y aprobado por la Argentina. Se compromete allí a los países a otorgar protección «a todas las obtenciones vegetales mediante patentes, mediante un sistema eficaz «sui generis» o mediante una combinación de aquéllas y éste». El sistema «sui generis» es el conocido como de «derechos del obtentor» y es el que rige en nuestro país por la Ley 20.247 y la adhesión al Acta UPOV'78; por eso decimos que
En efecto, los proyectos de leyes propuestos, además de limitar el uso de semillas propia y consagrar el cobro de regalías por hacerlo,
Aún sin aprobarse estas reformas, la SAGPyA, en lugar de realizar el control del comercio de semillas, dictó la Resolución 52/2003 que obliga a los productores agrícolas, ante los requerimientos que formuló el organismo, a comunicar las cantidades por variedad de semillas utilizadas o por utilizar en las siembras de soja, trigo y algodón, haciéndolos pasibles de sanciones en caso de incumplimiento.
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