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5 de octubre 2006 - 00:00

OMC a favor de la Argentina por productos transgénicos

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Las cifras a nivel nacional indican que 98% de la soja, 50% del maíz y 20% del algodón que se produce es genéticamente modificado.
La Cancillería argentina manifestó su satisfacción por el pronunciamiento de un grupo de expertos de la Organización Mundial de Comercio (OMC) que sostuvo que las restricciones fijadas por la Unión Europea al ingreso de productos transgénicos no cuentan con «evidencia científica» y que el bloque comunitario obstaculizó la aprobación de normas en torno al tema.

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El Grupo de Expertos ( Panel) concluyó que la Comunidad Europea incurrió en « demora indebida» en los procedimientos para tal aprobación, según los términos del «Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias».

Además, le dio la razón a la Argentina en cuanto a sus reclamos en contra de las prohibiciones establecidas por Austria, Alemania, Italia y Luxemburgo sobre determinados productos.

El Grupo de Expertos señaló que la Comunidad Europea incumplió con las obligaciones fijadas en la OMC, ya que las medidas no se respaldan en evidencia científica.

Los expertos recomendaron que el Organo de Solución de Diferencias requiera a la Comunidad Europea que ponga dichas medidas en conformidad con los compromisos asumidos por ella en el marco de la OMC.

  • Importancia

    Esta cuestión reviste gran importancia al tener en cuenta que la Argentina es el segundo productor y exportador mundial de productos de biotecnología.

    Las cifras a nivel nacional indican que 98% de la soja, 50% del maíz y 20% del algodón que se produce son genéticamente modificados.

    Particularmente, las exportaciones argentinas hacia la Comunidad Europea de productos de soja genéticamente modificada, harina y pellets constituye casi 60% de las exportaciones totales de ese rubro con un valor de más de 2.200 millones de dólares en el año 2005.

    Por otra parte, la Comunidad Europea ya había impedido el ingreso de nuevos productos agrícolas de biotecnología ( organismos genéticamente modificados -OGM-) a ese mercado mediante la falta de aprobación de ellos.

    En el caso de algunos de sus Estados miembros, incluso se estableció una prohibición directa con respecto a productos que ya habían sido aprobados a nivel comunitario.

    La Comunidad Europea aplicaba hasta 1998 su legislación, al permitir así el procedimiento normal de aprobación, liberación al medio y comercialización de productos de biotecnología dentro de su territorio.

    Esta restricción de acceso al mercado comunitario motivó que la Argentina, Canadá y los Estados Unidos plantearan el caso ante la OMC en mayo de 2003.

    Luego de varios retrasos en el calendario original, producto de la complejidad del reclamo, el grupo especial integrado por tres expertos designados para dirimir la diferencia, hizo público el Informe Final que fuera dado a conocer en mayo solamente a las partes involucradas.

    Las medidas objetadas por la Argentina, Canadá y Estados Unidos incluyen la moratoria «de facto» que la Comunidad Europea impuso a todas las solicitudes de aprobación de productos de biotecnología a partir de 1998, al impedir que se produjeran aprobaciones o rechazos de tales productos desde esa fecha.

    Pretenden también la suspensión del tratamiento, así como la no consideración de solicitudes de aprobación de productos agrícolas de biotecnología de particular interés argentino; y la demora injustificada en la que se incurrió en el tratamiento de pedidos de productos de particular interés argentino.

    Por último, objetan las prohibiciones instauradas por algunos Estados miembros de la Comunidad Europea a ciertos productos de biotecnología de particular interés argentino previamente aprobados a nivel comunitario.

    «El fondo de la cuestión no se basa en un interés cortoplacista referido al acceso de una u otra variedad de OGM ( evento) hoy bloqueado por la Comunidad Europea, sino en poner claro, en razón de los intereses sustantivos de largo plazo, que ningún desarrollo de un cultivo agrícola desde tecnologías alternativas se discrimine en el sistema multilateral de comercio en virtud de un análisis de riesgo sin sustento científico», señaló la Cancillería a través de un comunicado de prensa.

    La moratoria europea, objeto de esta controversia, limita el crecimiento potencial de la producción argentina, y resulta particularmente grave para los países en desarrollo como el nuestro, ya que la biotecnología es una respuesta para incrementar la productividad de la actividad agropecuaria.

    Este caso constituye el primero en relación con los productos de biotecnología en el ámbito multilateral de la OMC. La complejidad del proceso exigió al panel no sólo la participación de un grupo de expertos científicos, sino también una extensión en los plazos de resolución que no registra precedentes en la OMC.

    Asimismo, la extensión del Informe Final de más de 1.100 páginas habla en forma elocuente de tal complejidad.

    La preparación y defensa del caso por parte de la Argentina se hizo de manera autónoma con recursos humanos propios del sector público, y sin asistencia de estudios jurídicos internacionales.

    En este sentido, la Cancillería trabajó durante la sustanciación del caso en coordinación con la Secretaría de Agricultura Ganadería Pesca y Alimentos, en particular, con el valioso aporte de los expertos de la Oficina de Biotecnología.
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