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Si bien la Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura destacó que el Instituto Nacional de Desarrollo Pesquero «no informó sobre un bajo rendimiento de la especie, las bajas capturas registradas en el último lapso determinan aconsejable proceder al cierre de la zona habilitada» para la actividad. La prohibición para la captura de langostino abarca del paralelo 43, en el límite de Chubut con Río Negro, y el paralelo 46, en la provincia de Santa Cruz. El artículo 1 de la disposición ordena «el cierre y la inmediata salida de los buques del área establecida», por lo que los barcos poteros deberán regresar a Puerto Madryn, donde se encuentra la empresa española Conarpesa, principal explotadora del recurso.
«La información disponible y un criterio precautorio indican que debe procederse a cerrar y ordenar la inmediata» suspensión de la captura, se destacó en los considerandos de la disposición.
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