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22 de febrero 2026 - 17:00

ARCA amplió la factura electrónica y todas estas personas deberán emitir comprobantes desde julio de 2026

Conocé que actividades son alcanzadas por el organismo bajo el nuevo régimen.

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La obligación comenzará a regir el 1° de julio de 2026 y alcanzará a directores societarios y profesionales judiciales.

Mariano Fuchila

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) redefinió el alcance del régimen de comprobantes digitales y sumó nuevos sujetos obligados a partir del segundo semestre del año. Desde el 1° de julio de 2026, determinados directivos societarios y profesionales vinculados a expedientes judiciales deberán emitir factura electrónica por sus honorarios, incluso en casos de baja frecuencia operativa.

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La medida quedó formalizada en la Resolución General 5824/2026 y se integra a los ajustes en los esquemas simplificados de IVA y Ganancias. La obligación rige para ingresos percibidos desde el 1° de julio de 2026 y no impactará en la declaración del período fiscal 2025.

ARCA

Los cambios de ARCA

El cambio amplía el universo alcanzado y elimina prácticas informales que persistían en ciertas actividades:

Directores de sociedades y socios gerentes deberán facturar

Quedarán obligados a emitir comprobantes electrónicos los Directores de Sociedades Anónimas (SA) y los socios gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) por los honorarios derivados de esas funciones.

La normativa exige además regularizar la situación impositiva. Deberán inscribirse formalmente ante el organismo y habilitar el punto de venta electrónico, aun cuando registren pocas operaciones anuales.

Honorarios judiciales bajo control electrónico

La resolución también incorpora a profesionales que intervienen en procesos judiciales.

El organismo busca que esos ingresos queden plenamente identificados en el sistema. La registración permitirá que los montos se integren en las declaraciones impositivas automáticas, lo que facilitará cruces de información y controles fiscales posteriores.

Nuevos requisitos en facturas a consumidor final

Cuando el comprador pretenda computar la factura como deducción en el Impuesto a las Ganancias, será obligatorio consignar CUIT o CUIL en el comprobante, lo que refuerza la trazabilidad.

En operaciones superiores a $10.000.000 será obligatorio detallar los datos identificatorios del cliente, sin posibilidad de emitir comprobantes anónimos por encima de ese monto.

Eliminación de dispensas y ampliación sectorial

Quedarán alcanzados por la obligación de facturación electrónica:

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