La Unidad de Información Financiera (UIF) dispuso que el reporte de las operaciones sospechas de lavado de dinero o financiación del terrorismo, se deberá realizar de forma electrónica a partir del primero de abril próximo.
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Así lo estableció una resolución firmada por el titular de ese organismo José Sbatella, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
Esa medida dispuso los procedimientos que los Registros Públicos de Comercio y los Organismos Representativos de Fiscalización y Control de las Personas Jurídicas deberán "observar" para prevenir, detectar, y reportar "los actos u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo".
Como política de prevención, se exigió la elaboración de un manual que contendrá los mecanismos para la prevención de lavado de dinero; la designación de un Oficial de Cumplimiento que será el responsable de velar por la implementación de los procedimientos y el encargado de formalizar las presentaciones ante la UIF.
El Oficial de Cumplimiento "debe llevar un registro de las operaciones consideradas sospechosas, y examinar nuevas tipologías de lavado de dinero, a los efectos de establecer medidas tendientes a prevenirlas y reportar toda operación que pueda estar vinculada", según la resolución.
Además, se estableció un plazo de 30 días "a partir de la operación realizada o tentada" para comunicar las operaciones sospechosas de lavado de dinero.
Y para el caso de sospecha de financiación del terrorismo, deberá reportarse en un plazo de 48 horas, habilitándose "días y horas inhábiles a tal efecto".
También, a través de la resolución se dispuso que "los datos correspondientes a los reportes de operaciones sospechosas no podrán figurar en actas o documentos que deban ser exhibidos antes los organismos de control de la actividad".
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