El Ministerio de Trabajo dispuso una baja del mínimo salarial requerido para el acceso al Programa de Reinserción Laboral, consistente en una asistencia a las empresas que concreten "la incorporación de trabajadoras y trabajadores en empleos de calidad".
La medida se estableció a través de la resolución 932/2022 de la Secretaría de Empleo publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y se tomó "con el objetivo de fortalecer el alcance y eficacia de la Línea de Promoción del Empleo Asalariado del Sector Privado", según se indicó en los considerandos.
Mediante una modificación de la resolución 2186/2010, la nueva norma reduce los requisitos para acceder al beneficio tanto para las contrataciones a tiempo completo como a tiempo parcial.
En el primer caso, podrán ser incorporados a la Línea de Promoción del Empleo Asalariado en el Sector Privado trabajadores que sean contratados por una remuneración bruta mensual de por lo menos el equivalente a 1,2 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, en tanto para los de tiempo parcial el piso será el equivalente al 80% de ese haber.
Cuáles son los requisitos para acceder al programa
Los trabajadores alcanzados por el reglamento del programa deben ser mayores de 18 años y cumplir con las siguientes condiciones:
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