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14 de enero 2002 - 00:00

RESOLUCIÓN 13/2002 DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA: DIVISAS DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES

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COMERCIO EXTERIOR

Resolución 13/2002

Norma aplicable para el ingreso de divisas por exportaciones y el pago de las importaciones
con intervención bancaria de acuerdo con los requisitos establecidos por la Comunicación “”
3425 del Banco Central de la República Argentina. Alcances a operaciones de exportación
realizadas a plazos o con financiación. Determínanse las mercaderías y plazos de pago.

VISTO el Expediente Nº 061-000307/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:

Que mediante la Comunicación “”3425 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA de fecha 10 de enero de 2002 que reglamenta la operatoria para el Mercado
Oficial de Cambios, se establecen las modalidades de ingreso de divisas por exportaciones y
el pago de las importaciones con intervención bancaria de acuerdo con ciertos requisitos que
se consignan en la mencionada norma.

Que en concordancia con las prácticas habituales en el comercio internacional y a efectos de
cumplir con la obligación de ingresos de divisas, resulta necesario contemplar aquellas
operaciones de exportación realizadas a plazos o con financiación.

Que en materia de importaciones la medida aludida establece que la actual SECRETARIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA determinará
los universos de mercaderías y los plazos de pago, según corresponda, sujetos a la operatoria
cambiaria dispuesta por dicha Comunicación.

Que a tales efectos, la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO procedió a elaborar los
listados de posiciones arancelarias correspondientes.

Que los referidos listados serán objeto de monitoreo y de corresponder, se realizarán los
ajustes correspondientes a los fines de preservar los objetivos de la actual política económica
en materia del sector externo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA,
ha tomado la intervención que le compete.

Que el Decreto Nº 1638 de fecha 11 de diciembre de 2001 en su Artículo 5º faculta a la ex
SECRETARIA DE COMERCIO dependiente de este Ministerio a tomar la intervención que le
compete.

Que atento a que la ex-SECRETARIA DE COMERCIO, actualmente SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO, se encuentra vacante, procede la avocación que por la presente
se ejerce, dado que la mencionada secretaría funciona en el ámbito de este Ministerio.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º de
la Ley Nº 19.549 y sus modificatorias y por el Decreto Nº 1658 de fecha 17 de diciembre de
2001.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:









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