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Insólito fallo de la Corte
El imputado es acusado por el Gran Jurado del Condado de Middlesex (Nueva Jersey) de tentativa de agresión sexual en segundo grado y de tentativa de practicar medicina sin licencia, en tercer grado. Según la acusación, Schwartz habría ofertado cursos de capacitación que consistían en prácticas sobre «procedimientos médicos», incluso exámenes ginecológicos y del recto, a través de la penetración digital, inyecciones hipodérmicas y cateterización. El juez en primera instancia, Octavio Aráoz Lamadrid, declaró procedente la solicitud de extradición para que el acusado fuera juzgado en Estados Unidos. La sentencia, sin embargo, fue apelada, argumentando el mal estado de salud del imputado y la imposibilidad del viaje sin interrumpir su tratamiento médico.
Por eso, el procurador adjunto de la Nación Luis Santiago González Warcalde confirmó la decisión de Aráoz Lamadrid, solicitando al Poder Ejecutivo que el imputado fuera movilizado de manera tal que resguardara su salud. Pero la Corte dijo no. En un dictamen insólito revocó las resoluciones anteriores, argumentando que «el pedido de extradición no cumple con el doble recaudo de doble subsunción según el ordenamiento jurídico argentino». El máximo tribunal, además, sostuvo que Schwartz «estaría expuesto a una situación de trato cruel, inhumano y degradante, incompatible con la dignidad humana, de no contemplarse su estado de salud mental». Como último argumento para fundamentar el rechazo, la Corte sostuvo que el hecho calificado como tentativa de agresión sexual «no justificaría la persecución penal del requerido si el hecho se hubiese cometido en la República Argentina».


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