Durante dos horas y diez minutos, el esloveno Peter Tomka, presidente a cargo de la Corte de La Haya, leyó el fallo.
«Uruguay no transmitió sus evaluaciones o las transmitió luego de haber otorgado las autorizaciones para las dos plantas de celulosa».
«Uruguay no tendría que haber dado las notificaciones y los permisos de construcción a las pasteras. Desconoció el mecanismo de cooperación del estatuto».
«Uruguay dio prioridad a su legislación interna y no respetó su obligación de notificar a la Argentina a través de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU)».
«La obligación de notificar es esencial en este proceso para que las partes se pongan de acuerdo».
«Uruguay dio prioridad a su legislación interna por sobre el estatuto del Río Uruguay de 1975 y desconoció la regla 31 del tratado de Viena y dejó de lado una norma constitucionaria».
«No hay relación directa entre el uso de Uruguay del suelo y de los cambios que se han producido en las aguas que la Argentina atribuye a las plantas de celulosa».
«Teniendo en cuenta los datos recopilados no se ve que las descargas hayan excedido los límites establecidos por la reglamentación uruguaya aplicable o la autorización ambiental emitida por Botnia, salvo por algunos casos puntuales».
«Las pruebas planteadas por la Argentina no son vinculantes para las partes, pero deben ser consideradas».
«No hay elementos suficientes para decir que Uruguay violó sus obligaciones con respecto a la protección de la fauna y la flora, y la cantidad absoluta de afluentes que pueden descargarse en un día».
«Ningún artículo del estatuto de 1975 aborda los 'malos olores' que alega la Argentina. Por estas razones, la demanda y su impacto sobre el turismo argentino no es competencia de esta Corte».
«Uruguay tiene la obligación de continuar monitoreando a la planta y asegurar el cumplimiento de la legislación interna y el estatuto de la CARU».
«Sobre la base de la evidencia, ordenar el desmantelamiento no constituiría una medida apropiada para la Corte. No hay motivo para determinar el cese de Botnia».
«La corte no ve ninguna circunstancia especial que exija una medida como la que buscaba Argentina».
«No habrá compensaciones económicas para la Argentina».
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