Caracas - Una reforma a la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), promulgada por el presidente Nicolás Maduro el lunes a la noche, horas antes de la asunción de la nueva Asamblea Nacional, suprimió la facultad de la legislatura de elegir al directorio de esa institución. La reforma del artículo 9º de la ley, suprime la obligación que establecía que la designación del presidente debía "ser ratificada por el voto de la mayoría de los miembros de la Asamblea Nacional". Ahora el presidente del BCV será "designado por el Presidente o Presidenta de la República para un período de siete (7) años", según establece uno de los artículos de la ley reformada por Maduro, difundida ayer en la Gaceta Oficial junto a más de una docena de leyes creadas y reformadas. Asimismo eliminó la facultad que tenía la Asamblea de designar a dos de los seis miembros del Directorio del BCV.
Maduro gozó de una ley habilitante que la AN anterior le había votado y que le permitía emitir decretos con fuerza de ley en una amplia variedad de asuntos.
Agencias EFE y AFP, y Ámbito Financiero
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