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Más protección a funcionarios
Según la norma, los directores, síndicos y consejeros y funcionarios que representen acciones estatales "son funcionarios públicos", y el Estado les "garantiza la indemnidad" en caso de que durante la función o luego de haber cesado en ella fueran "demandados, intimados, requeridos, denunciados, querellados o imputados". Para eso el Estado deberá brindar "la asistencia especializada necesaria para asegurar la defensa, representación o patrocinio legal".
La norma determinó asimismo que la asistencia estatal no corresponderá "cuando se determine la existencia de dolo o culpa grave" en el ejercicio de la función, o cuando en su actuación, los funcionarios no hubieran actuado según las directivas del organismo bajo cuya dependencia se encuentran las participaciones estatales.


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