13 de febrero 2015 - 00:00

Más protección a funcionarios

El Estado asumirá la asistencia profesional y las consecuencias de los procesos judiciales cuando los funcionarios que actúen como directores, consejeros o síndicos en empresas privadas en representación de participaciones estatales sean demandados, intimados o querellados por el cumplimiento de sus funciones. Así está dispuesto en el Decreto 196 publicado ayer en el Boletín Oficial en relación con los funcionarios que se desempeñan en empresas privadas en las cuales el Estado tiene representación por contar con acciones recibidas luego de la estatización de las AFJP, además de los casos especiales como YPF.

Según la norma, los directores, síndicos y consejeros y funcionarios que representen acciones estatales "son funcionarios públicos", y el Estado les "garantiza la indemnidad" en caso de que durante la función o luego de haber cesado en ella fueran "demandados, intimados, requeridos, denunciados, querellados o imputados". Para eso el Estado deberá brindar "la asistencia especializada necesaria para asegurar la defensa, representación o patrocinio legal".

La norma determinó asimismo que la asistencia estatal no corresponderá "cuando se determine la existencia de dolo o culpa grave" en el ejercicio de la función, o cuando en su actuación, los funcionarios no hubieran actuado según las directivas del organismo bajo cuya dependencia se encuentran las participaciones estatales.

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