3 de febrero 2009 - 00:00

Oficial: sólo un juez abrirá cajas

Ricardo Echegaray
Ricardo Echegaray
La versión de que la AFIP relevaría información sobre propietarios de cajas de seguridad para «invitarlos» a sumarse al blanqueo de capitales despertó el temor entre ahorristas de que sean abiertos los cofres. Por eso, la AFIP salió ayer a confirmar que las cajas, incluso las de seguridad pertenecientes a deudores impositivos, sólo podrán ser abiertas con una autorización judicial fundada.
Según explicaron ayer a este diario fuentes de la AFIP, «se dictó este procedimiento como una autolimitación para el organismo ya que la Ley 1.163 de procedimiento tributario, en su artículo 92, no hacía distinción de qué es embargable».
Alcance
En un comunicado, el titular del organismo, Ricardo Echegaray, precisó que podrán ser alcanzados por esta medida quienes adeuden «impuestos, recursos de la seguridad social, tributos aduaneros y otras cargas». También quienes deban «sus accesorios, multas, costas y garantías constituidas en seguridad de las obligaciones cuyo cobro coactivo se encuentre a cargo» de la AFIP.
Pero aclara que «en aquellos supuestos en que -con el fin de asegurar el cobro de la deuda reclamada- resulte necesario proceder al embargo de dichas cajas de seguridad, los agentes fiscales deberán solicitarlo fundadamente al juez ante el cual tramite la respectiva ejecución fiscal», indica la normativa publicada en el Boletín Oficial.
En los considerandos de esta disposición figura que los agentes fiscales cuentan con «amplias facultades de impulso procesal, habilitándolos para realizar bajo estricto control del juez actuante, entre otros, la traba de medidas precautorias de cualquier naturaleza indicadas en la demanda, pudiendo además emitir y firmar -por sí y ante sí- los oficios o mandamientos respectivos».
La medida se adopta basándose en los resultados «exitosos» de la puesta en marcha de la Disposición 276, del 16 de junio del año pasado, a través de la cual se pudo «verificar la existencia de pagos del deudor en forma previa a la iniciación del juicio y a la traba de medidas cautelares».
Asimismo, sostiene que este mecanismo ha «eliminado prácticamente toda posibilidad de error y, por ende, de afectación injusta o indebida del patrimonio de los deudores».

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