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Revés de exbanquero en la Corte
El banquero, miembro de una familia ligada a la Iglesia Católica, fue condenado a ocho años de prisión por la quiebra fraudulenta del Banco de Crédito Provincial (BCP). Sus abogados, Gonzalo y Fernando Díaz Cantón, presentaron una queja ante la Corte Suprema con el argumento de que en la causa por la quiebra del BCP y en la que investiga una presunta maniobra en la Sociedad Militar, Trusso era juzgado por los mismos delitos.
La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal ya había declarado previamente inadmisible ese recurso, e igual resolución adoptó la Corte con la firma de cinco de sus miembros. Los supremos se basaron en un artículo del Código Procesal que les permite considerar inadmisible un recurso extraordinario «por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia».
La defensa de Trusso había planteado un recurso de «excepción de falta de acción» por considerar que existía en contra del exbanquero una «doble persecución penal» durante siete años, en la Capital Federal y en La Plata, lo que, de acuerdo con los abogados, ponía «en crisis garantías de raigambre constitucional».
Las investigaciones en contra de Francisco Trusso y su hermano Pablo arrancaron en 1997, con la quiebra fraudulenta del BCP, a partir de lo cual se denunciaron otorgamientos irregulares de créditos por unos u$s 64 millones. En paralelo, se detectó una estafa contra la Sociedad Militar Seguro de Vida por un préstamo de u$s 10 millones otorgado al Arzobispado de Buenos Aires.


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