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31 de agosto 2026 - 06:00

¿Cómo jubilarte si cobrás la AUH? Requisitos y aportes por tareas de cuidado

El programa de ANSES permite incorporar años previsionales por hijos nacidos, adoptados, con discapacidad o que hayan cobrado AUH.

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Las madres que llegaron a los 60 años y no reúnen los 30 años de aportes pueden sumar períodos reconocidos por la crianza de sus hijos.

Las mujeres que llegaron a la edad jubilatoria, pero no alcanzan los años de aportes requeridos pueden recurrir al Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). El programa permite computar determinados períodos vinculados con la crianza de los hijos para completar los años necesarios para acceder a una jubilación.

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La medida contempla un reconocimiento general por cada hijo y suma períodos adicionales en situaciones puntuales. Entre ellas aparece un dato importante para quienes fueron titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH): si el hijo recibió esa prestación durante al menos 12 meses, se pueden incorporar dos años adicionales de aportes.

El esquema no significa que cobrar AUH genere automáticamente una jubilación. Para acceder al reconocimiento hay que cumplir con la edad requerida, no tener una jubilación otorgada o en trámite y acreditar los vínculos familiares ante ANSES. El trámite se hace de manera presencial y con turno previo.

Cuántos años de aportes reconoce ANSES por cada hijo

El reconocimiento contempla un año de aportes por cada hijo. En el caso de los hijos adoptados siendo menores de edad, se computan dos años por cada uno. A esos períodos pueden agregarse años adicionales. Por cada hijo con discapacidad se suma un año extra. Además, si ese hijo fue beneficiario de la AUH durante al menos 12 meses, sean consecutivos o discontinuos, se incorporan dos años adicionales.

Por ejemplo, una mujer que tiene un hijo y que recibió AUH durante al menos un año puede computar tres años por ese hijo: uno correspondiente al nacimiento y otros dos por haber sido beneficiario de la asignación. Si además se trata de un hijo con discapacidad, el reconocimiento puede llegar a cuatro años para ese caso.

También se contemplan los períodos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad cuando la mujer haya utilizado esas licencias al momento del nacimiento de sus hijos. Estos períodos se incorporan al cálculo de los servicios previsionales reconocidos. El reconocimiento se utiliza para completar los años de servicio necesarios para la jubilación. En el régimen general, ANSES establece como referencia 60 años de edad para las mujeres y 30 años de aportes.

Requisitos para acceder al Programa de Reconocimiento de Aportes

El programa está dirigido a mujeres con hijos que tengan 60 años o más y no cuenten con los años de aportes necesarios para jubilarse. Además, ANSES establece que no deben tener una jubilación ya otorgada ni un trámite jubilatorio en curso.

Otro punto importante es que los hijos deben figurar correctamente en los registros del organismo. Antes de pedir el turno, ANSES recomienda entrar a mi ANSES y revisar la información disponible en la sección “Información Personal”, dentro de los datos personales y familiares.

Si los vínculos familiares no están registrados o presentan errores, la situación debe regularizarse. Para hacerlo, ANSES puede solicitar las partidas de nacimiento de los hijos y otra documentación que permita acreditar correctamente el vínculo.

El reconocimiento tampoco implica que todos los años faltantes se cubran únicamente con los hijos. Primero se consideran los aportes efectivamente registrados y después se incorporan los períodos que correspondan por tareas de cuidado.

ANSES permite consultar previamente la historia laboral para conocer qué servicios figuran registrados. La consulta se hace desde mi ANSES > Trabajo > Historia Laboral, donde aparecen los períodos registrados y la información relacionada con aportes como trabajadora en relación de dependencia, autónoma o monotributista.

Documentación necesaria y paso a paso para iniciar el trámite

Para solicitar el reconocimiento se necesita presentar el DNI y las partidas de nacimiento de los hijos. Si alguno tiene una discapacidad, también se debe presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD). Para hijos adoptados, ANSES solicita la correspondiente sentencia de adopción.

El primer paso es revisar los datos personales y familiares registrados en mi ANSES. Si los hijos aparecen correctamente, se puede avanzar con la solicitud del turno. Si falta información o existen datos desactualizados, hay que llevar la documentación que permita corregirlos durante la atención.

Después se debe solicitar un turno presencial en una oficina de ANSES para iniciar el reconocimiento. El trámite es gratuito y requiere que la persona vaya con la documentación correspondiente. Una vez presentada la documentación, ANSES analiza la historia laboral y los vínculos familiares para determinar qué períodos pueden incorporarse. El resultado se utiliza dentro del proceso previsional para establecer si, con los años reconocidos, se alcanza el requisito de servicios necesarios.

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