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4 de septiembre 2007 - 00:00

Condenan a una clínica y médicos por mala praxis

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Una clínica, su propietario y uno de sus médicos fueron condenados a pagarle 118.000 pesos más intereses a un paciente al que le practicaron un estudio, a raíz de un dolor lumbar, que le provocó severos daños: neurológico, dificultad para caminar, insomnio, disfunción sexual y, como consecuencia, depresión.

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Así lo resolvió la Sala «B» de la Cámara Civil en un fallo en el cual reprocha a los profesionales haber utilizado un estudio invasivo (mielografía), sin que el enfermo supiera acabadamente las consecuencias a las que se exponía.

En 1994, el demandante (cuyo nombre se mantendrá en reserva) fue sometido a un estudio que consistió en inyectarle en la médula una sustancia contrastante, que le ocasionó las lesiones por las que llevó ante la Justicia a la clínica Nuestra Señora de Luján, a su dueño y al médico que lo atendió.

«Hay consenso mundial en cuanto a que el primer y mejor estudio para las patologías de médula espinal y raíces es la resonancia magnética nuclear... Están ampliamente descriptos los efectos adversos relacionados a la mielografía.»

Los demandados alegaron que no había resonadores magnéticos en Luján en 1994, pero los camaristas Mauricio Mizrahi, Gerónimo Sansó y Claudio Ramos Feijoó rechazaron ese argumento, pues hay constancias de que estaban disponibles en la Capital Federal, y el estudio podría haberse llevado a cabo allí.

  • Autodeterminación

    Los jueces reivindicaron el derecho a la autodeterminación del enfermo, pues «ya que es el paciente quien debe sufrir las consecuencias, un principio de esclarecimiento es fundamental. Por ello, se requiere que pueda conocer cuáles son los riesgos de la intervención que se le propone, y cuáles son las alternativas posibles».

    Los camaristas, al evaluar los daños y perjuicios sufridos por el paciente, tuvieron en cuenta que en 1994 tenía 49 años, estaba casado, y que hasta ese momento su historia clínica revelaba que se trataba «de una persona sana».
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