La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) le da la posibilidad a todos los jubilados y pensionados que no están en condiciones de realizar sus trámites o percibir sus haberes, por dificultades para deambular o por residir fuera del país de asignar un apoderado para que realice estas tareas por él.
14 de julio 2023 - 05:00
Jubilados ANSES pueden facilitar sus gestiones: ¿cómo hacer el trámite de apoderados?
El organismo previsional le permite a todos aquellos titulares de la jubilación tener un representante que cobre y realice las gestiones por ellos. Conocé el paso a paso.
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Jubilados ANSES: quién puede ser mi apoderado de trámites
- Familiares: esposa o esposo, conviviente previsional, madre o padre, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, madrastra o padrastro, suegros, hijastros o cuñados.
- Tutores o curadores.
- Abogado y gestores registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
Jubilados ANSES: quién puede ser mi apoderado de cobro
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, madre, padre, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, madrastra, padrastro, suegros, hijastros o cuñados.
- Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo, Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Itaú Argentina S.A.
- Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
- Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
- Mutuales e instituciones de asistencia social.
- Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.
Es importante remarcar que la persona designada debe ser mayor de 18 años o estar emancipada.
ANSES: ¿qué necesito para hacer el trámite de apoderado?
- DNI del titular y de la persona elegida como apoderada (original y copia).
Para cónyuges
- Acta o certificado de matrimonio en original y copia.
Para familiares u otros parientes
- Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI) o información sumaria judicial.
Para bancos
- Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.
Para tutor
- Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.
Para un curador
- Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
Para abogados
- Credencial vigente, Formulario PS 6.4 - Carta Poder, Formulario PS 6.300 - Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970 (moratoria previsional) o Formulario PS 6.304 - Carta Poder Régimen Ley N° 24.476.
Cómo asigno un apoderado en ANSES: paso a paso
- Reuní la documentación que corresponde de acuerdo a tu situación y al tipo de poder que quieras solicitar.
- Sacá un turno en una oficina de ANSES.
- Acercate a la oficina de ANSES el día del turno con la documentación requerida.
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