La Justicia platense rechazó un pedido de libertad definitiva, y otro subsidiario de libertad condicional, solicitados por la defensa de Ricardo Barreda, por lo que el odontólogo condenado por asesinar a su esposa, sus dos hijas y su suegra continuará en prisión.
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El camarista Raúl Dalto fundamentó la decisión en que, a pesar de que un nuevo cómputo del tiempo en prisión da por cumplido los 30 años de prisión, hay una serie de circunstancias negativas en relación a Barreda, como informes que "no fueron favorables" emanados por el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).
Dalto sostuvo que de acuerdo con esos informes, "Barreda justificó lo que había hecho y no se arrepiente", aunque la defensa del odontólogo rechazó esa interpretación y anunció que apelará la decisión.
Barreda violó la libertad condicional que cumplía en el departamento de su pareja, situado en el barrio porteño de Belgrano, por lo que volvió a ser confinado a una prisión.
Barreda fue condenado en 1995 a perpetua por matar el 15 de noviembre de 1992 a escopetazos en su casa de La Plata a su esposa, Gladys McDonald, de 57 años; a sus hijas Cecilia, de 26, y Adriana, de 24, y a su suegra Elena Arreche, de 86.
El abogado defensor del odontólogo, Eduardo Gutiérrez, señaló que los informes que tenía su representado por parte del SPB fueron "con calificación diez sobresaliente".
"Por eso sigo sosteniendo que los informes que son aplicables a este caso son altamente favorables. No así de los exámenes de los psicólogos, que insisto, no son aplicables para evaluarlo", afirmó el letrado en declaraciones a la prensa.
Argumentó que los informes que se utilizan para evaluar la conducta de Barreda "no son aplicables para este magistrado, aunque él entiende que sí".
Gutiérrez adelantó que apelará la medida, que contempla la libertad condicional, la definitiva, y la prisión domiciliaria, al tiempo que Barreda deberá permanecer por el momento en el penal de Olmos.
Hasta el momento la condena cumplida por Barreda, si se toma el cómputo judicial, es de 30 años y siete meses, claro que con la aplicación de la ex ley "2 por 1", que computaba doble los días que un recluso permanecía detenido sin sentencia firme.
"Nuestro máximo tribunal judicial de la provincia tiene reiterados fallos ampliamente contundentes a que no puede haber fallos más allá de los 25 años, de acuerdo a la normativa que se aplica en estos casos", aseveró.
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