Derrotado en el terreno de la política, el Consejo de la Magistratura debe asumir otra muerte: la económica. Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo le quitó representatividad para impugnar un decreto de necesidad y urgencia que restituyó a la Corte Suprema la potestad de manejar 600 millones de pesos del Poder Judicial. El control de ese monto de dinero generó en julio del año pasado un áspero conflicto entre el consejo de jueces y el supremo tribunal, hasta que terció el gobierno. Con el DNU, el 557/ 2005, el Ejecutivo dispuso que esos fondos dejarán de ser administrados por el Consejo de la Magistratura y pasaran a la órbita de los jueces supremos.
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El consejo de jueces comenzaba así a perder autoridad, un poder que quiso recuperar y validar en la propia Justicia presentando una medida cautelar en la que reclamaba que se le ordenara al Poder Ejecutivo suspender la aplicación de ese decreto.
• Suspensión
El juez de primera instancia y candidato a camarista Ernesto Marinelli suspendió los efectos del decreto presidencial que disponía transferir a la Corte Suprema los fondos excedentes del Poder Judicial. Y ordenó que permanecieran en el Tesoro Nacional hasta que hubiera una sentencia definitiva. En aquella primaria resolución, Marinelli consideró que el consejo de jueces era un órgano administrativo del Poder Judicial con competencias exclusivas y excluyentes que le otorga la Constitución, lo cual «obsta a que se lo considere como subordinado» del supremo tribunal. De este modo, interpretó que se encontraba legitimado para discutir la validez del decreto presidencial.
La decisión fue apelada por el Ejecutivo y debió intervenir la Cámara en lo Contencioso Administrativo (donde litiga el Estado). Ese tribunal de alzada opinó todo lo contrario. Con el voto de los jueces Esteban Argento y Carlos Grecco, la Sala 3 sostuvo que la cuestión no era judiciable y que el consejo de jueces no tenía legitimidad para impugnar el decreto del gobierno, cuestionado por las plumas del procesalista Lino Palacio, el juez federal Abel Cornejo y el vicepresidente de la Magistratura, Eduardo Orio.
«Locierto es que, en todo caso, se trata de un conflicto de naturaleza presupuestaria, que no afecta derechos de terceros y de competencia recurrente y exclusiva del Poder Ejecutivo y del Legislativo, que excluyen el conocimiento del Poder Judicial», escribieron los camaristas.
El tribunal remarcó, además, que el Consejo «no tiene personalidad jurídica propia» y que «carece de legitimación activa» ya que no tiene interés jurídico propio y tutelable, pues «su facultad se agota en administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley le asigne a la administración de justicia».
El fallo viene a significar que la Corte Suprema vuelve a recuperar un poder que sintió diluir con la creación del consejo de jueces en la reforma constitucional de 1994.
Algunos consejeros consideran que es la moneda de cambio por su silencio ante la reforma del Consejo de la Magistratura que la marginó de la presidencia de ese cuerpo.
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