21 de septiembre 2006 - 00:00

Juicio por Axel debate perpetua a menores

Juan Carlos Blumberg
Juan Carlos Blumberg
Los defensores oficiales solicitaron ayer en el juicio por el crimen de Axel Blumberg que tres de los imputados, quienes eran menores de edad al momento de cometer el hecho, sean beneficiados con la reducción de penas prevista en la Ley de Menores, y además criticaron al padre de la víctima por no contemplar esta situación y pedir prisión perpetua para ellos.

El alegato mostró que los defensores buscarán empujar al tribunal a un pronunciamiento contrario a la pena máxima para esa franja de la población. La Defensoría de la Nación, a cargo de Stella Maris Martínez, tiene una posición política sobre el tema. Ya ha impulsado varias demandas ante la Corte Suprema y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha llamado al Estado argentino a cumplir con los pactos internacionales y leyes de defensa del niño.

En rigor, ayer en el juicio de Axel se puso en discusión la validez constitucional de las condenas a prisión perpetua de menores. Así quedó plasmado en la exposición de los defensores de Carlos Díaz, Sergio Miño y Mauro Maidana, tres de los confesos integrantes de la banda de Martín «el Oso» Peralta que si bien ahora tienen más de 18 años, cuando ocurrió el caso Blumberg, en marzo de 2004, tenían entre 16 y 17.

Los tres fueron acusados tanto por la querella de Juan Carlos Blumberg como por el fiscal de juicio Pedro García como coautores del secuestro seguido de muerte de Axel, entre otros delitos, y por ese motivo solicitaron para ellos la pena máxima de prisión perpetua.

Para sostener su pedido de reducción de penas, los defensores oficiales Aníbal Gilardenghi (de Díaz y Miño) y Daniel Palermo (de Maidana) hicieron especial hincapié a lo largo de sus alegatos en la Convención de los Derechos del Niño y en el fallo «Maldonado» de la Corte Suprema de Justicia que en diciembre del año pasado declaró inconstitucional la pena de prisión perpetua para los menores de edad y, especialmente, en la Ley de Menores 22.278.

Esa normativa contempla para los imputables de entre 16 o 17 años al momento de delinquir un abanico de posibilidades que les permite a los jueces desde no aplicar una pena y mantenerlos en institutos de menores hasta cumplir los 21 años, hasta dictarles una condena dentro de la escala de la tentativa del delito que cometieron, con lo que la pena se reduce de un tercio a la mitad. En el secuestro seguido de muerte, la tentativa es de 10 a 15 años de prisión.

En el caso de Díaz y Miño, Gilardenghi no puso en duda la autoría de los hechos ya que fue reconocida por los propios imputados al confesar ante el fiscal Jorge Sica cuando fueron detenidos. No obstante, el letrado recomendó al tribunal que en vez de enviarlos al régimen carcelario se les prolongue su internación en un instituto de menores hasta que estén en condiciones de ser externados y, subsidiariamente, si se les aplica una condena que sea la equivalente a la tentativa del delito que cometieron, como lo permite la Ley de Menores.

  • Absolución

    Respecto de Maidana, su defensor, Palermo, solicitó que sea absuelto porque su confesión en la indagatoria fue un acto de defensa y las imputaciones que sobre él hicieron otros miembros de la banda no fueron corroboradas en el debate.

    A decir verdad, la audiencia de ayer develó una confrontación de posiciones doctrinarias: la que considera que la prisión perpetua no es violatoria de los pactos internacionales de los derechos del niño porque en la Argentina permite la excarcelación o la libertad condicional. Y aquella que sostiene lo contrario: que esos beneficios no son comparables a la libertad debido a que son otorgados de manera discrecional sobre la base de informes penitenciarios.
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