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25 de junio 2024 - 00:05

RIGI: sus alcances, los incentivos y las actividades comprendidas

El Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones transita la última etapa para su aprobación legislativa definitiva con el objetivo de constituirse en una herramienta esencial de estímulo a las iniciativas empresarias de magnitud. Sus características.

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Se ha aprobado en el Senado un Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), imprescindible para fomentar las grandes inversiones en el país.

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Contamos con antecedentes muy negativos sobre los temas relacionados a la estabilidad económica, legislativa, política y tributaria, temas altamente importantes a la hora de analizar en que país conviene invertir. La República Argentina tiene enormes recursos naturales y humanos, que hacen muy atractiva la posibilidad de generar grandes proyectos de inversión, en la medida que se brinden marcos adecuados que garanticen el futuro del negocio y su rentabilidad.

Esta legislación es muy detallada y abarcativa de los temas concernientes a estas grandes inversiones, y consta de 65 artículos, y seguramente será complementado con una importante reglamentación.

Su puesta en marcha será muy importante para los grandes proyectos de inversión, ligados principalmente al petróleo, gas, minería de cobre y de litio, y seguramente muchos temas más. Chile durante el año 2023, ha tenido exportaciones mineras por 39.473 millones de dólares, de los cuales 29.064 millones de dólares -73,63%- han sido de los minerales de cobre y de cobre refinado. Nuestro país, dueño de minas tan o más importantes que las chilenas ha exportado en ese año productos mineros por 4.023 millones de dólares. Debido al fuerte incremento de la producción mundial de automóviles eléctricos, aerogeneradores, transporte de la energía eléctrica, y otros factores, la proyección del consumo mundial de cobre, prevé duplicar la demanda en los próximos diez años.

Principales aspectos

Destacamos los siguientes puntos del RIGI:

Será muy importante que las provincias se adhieran al RIGI, y faciliten con un adecuado marco tributario, legislativo y de infraestructura, la instalación de estos importantes proyectos de inversión. No menos trascendente es que también los municipios adhieran, sin pretender aplicar impuestos disfrazados de tasas retributivas de servicios no prestados.

(*) Contador público. Socio del Estudio Bertazza Nicolini Corti y Asociados.

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