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5 de octubre 2010 - 15:42

La Corte se expidió sobre ley de medios: mantiene cautelar sobre desinversión pero pone plazo al juez

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La Corte Suprema se declaró incompetente para expedirse sobre la medida cautelar que suspende la cláusula de desinversión establecida en la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, pero a la vez ordenó al juez de primera instancia que aceptó la presentación del Grupo Clarín a fijar un límite a la vigencia de esa medida suspensiva para no dilatar el juicio. El fallo también habilita al Gobierno a proponer una fecha límite para resolver la cuestión de fondo.

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En una resolución unánime, los siete jueces del máximo Tribunal consideraron que "no tienen competencia para revisar este tipo de cautelares" porque no existe una sentencia definitiva. Sólo cinco de ellos consideraron que por el "interés general" que existe en aplicar la ley 26.522 la cautelar no puede durar "indefinidamente" y se debe fijar un límite de tiempo para no frustrar la aplicación de la norma. Aunque no da un plazo tentativo, se estima que no podrá superar los dos años. El objetado artículo 161 otorga a las empresas de medios un año de gracia para desprenderse de las licencias de radiodifusión que superan la cantidad máxima permitida.

En el fallo de nueve carillas, el titular de la Corte, Horacio Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda plantearon distinciones, mientras que Enrique Petracchi y Carmen Argibay sólo se limitaron a suscribir la falta de sentencia definitiva, sin agregar menciones al plazo límite.

El grupo de los cinco incorporó seis argumentos, que a continuación se detallan:

La Ley de Medios está vigente. La cautelar no suspende de modo general la aplicación de la 26.522 sancionada por el Congreso. Sólo impugna la brevedad del plazo para desinvertir (un año desde la reglamentación) y refiere exclusivamente a los canales de televisión y radios de Clarín. Está firme el fallo del Tribunal que rechazó otra cautelar presentada por diputado del peronismo federal Enrique Thomas que cuestionaba la legalidad de la votación en la Cámara de Diputados.

No se discute la cuestión de fondo. La cautelar de Clarín busca frenar la devolución al Estado de la mayoría de las 264 licencias, pero no objeta la obligación de desinversión ni la validez del otorgamiento de esas las licencias.

No atenta contra la institucionalidad. La Corte sostuvo que falló bajo los "criterios tradicionales" que los tribunales aplican "hace muchos años" y que como el Estado no "demostró un agravio concreto" o perjuicio por el congelamiento del 161 "no se advierte gravedad institucional alguna".

No demorar fallo sobre constitucionalidad del 161. Para evitar un desequilibrio o una "desnaturalización" de la cautelar, la demora de la resolución de la cuestión de fondo no debe permitir a Clarín que por el "simple paso del tiempo" cumpla su propósito que es no acatar el plan de desinversión.

Evitar consecuencias irreparables. El juez Carbone deberá tener en cuenta que la dilación del proceso afecta tanto a Clarín, como al Estado, que se propuso regular a todos los medios de comunicación audiovisual. Posponer indefinidamente (sine die) una resolución deriva en "la alteración del estado de hecho o de derecho".

Límite de tiempo razonable. Si el juez Carbone no imponen un plazo límite razonable de vigencia de la cautelar, lo podrá solicitar el Estado. Si por la "desmesurada extensión temporal" para definir la constitucionalidad del 161 cualquiera de las dos partes que se sientan perjudicadas podrán reclamar una "reparación".

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